Cada vez que llovía, el problema volvía. El agua que caía desde el techo de una vivienda llegaba hasta el paredón de la propiedad vecina y, según relató la damnificada, dejaba humedad y deterioro. La situación no era nueva: sostuvo que el conflicto llevaba alrededor de doce años.
El paredón incluso recibió reparaciones. Pero, según la presentación que llegó al juzgado de Paz de Cipolletti, el ingreso de agua persistió y el deterioro apareció otra vez. La mujer acompañó su reclamo con fotografías que mostraban el estado de la construcción.
La preocupación no se limitó a las marcas de humedad. La vecina contó que consultó a albañiles para conocer qué podía ocurrir con el paredón ante la exposición constante al agua. Según relató ante el juzgado, le advirtieron sobre un posible deterioro y oxidación de los elementos metálicos internos de la estructura, con consecuencias sobre su resistencia si el problema continuaba.
La damnificada pidió que se colocara una canaleta o algún sistema que permitiera desagotar el agua de lluvia sin afectar el paredón. Incluso, según consta en la resolución, se ofreció a afrontar los gastos de la reparación.
Sin embargo, la solución no llegó. La mujer sostuvo que la propietaria de la vivienda lindera no permitió el ingreso de personas a su patio para realizar los trabajos.
Así, después de años de conflicto, el problema llegó al juzgado de Paz. Allí se pidió una intervención para evitar que el agua proveniente del techo continuara hacia el paredón y causara humedad y daños.
Este mes, las dos vecinas se encontraron en una audiencia de conciliación. Allí expusieron sus posiciones y alcanzaron un acuerdo. Después solicitaron que el juzgado lo homologara.
La solución que pactaron se concentró en el origen del conflicto: una canaleta. Una de las vecinas asumió el compromiso de colocarla en el techo de su propiedad para evitar que el agua de lluvia continuara hacia el paredón lindero. También estableció un plazo para concretar el trabajo: octubre de 2026. La otra mujer aceptó la propuesta.
Un día después de la audiencia, el juzgado de Paz analizó los términos del acuerdo. La resolución consideró que existió una “justa composición de los derechos e intereses de las partes” y que se cumplieron los requisitos legales previstos por el Código Civil y Comercial y el Código Procesal Civil y Comercial.
Luego se homologó con fuerza de sentencia lo pactado por las vecinas.
El acuerdo también contempló qué podrán hacer las partes si alguno de sus puntos no se cumple. En ese caso, podrán solicitar asesoramiento profesional para analizar otra vía de solución al conflicto.
Después de un reclamo que, según una de las vecinas, se extendió durante alrededor de doce años, el expediente dejó establecido el compromiso de colocar la canaleta durante octubre para impedir que el agua de lluvia continuara hacia el paredón lindero.