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Le vaciaron la cuenta de la tarjeta: la pista de la IP fue clave para responsabilizar a la empresa

Una mujer de El Bolsón abrió la aplicación de una tarjeta para pagar el resumen pero no tenía dinero: se encontró con una transferencia de casi 600 mil pesos hacia un destinatario desconocido. La clienta no había autorizado esa operación y se quedó sin capital para cancelar la deuda que contrajo con la empresa. El saldo pendiente comenzó a generar interés porque no pudo cumplir con la fecha de vencimiento. Sin obtener respuesta favorable por parte de la empresa, inició una demanda en el juzgado Multifueros de El Bolsón. El fallo le dio la razón y condenó a la empresa a devolverle el monto transferido y ordenó una reparación económica por los daños ocasionados.

Luego de analizar las pruebas, la jueza dio por acreditado que la transferencia existió y que se realizó desde una ubicación distinta a la de la usuaria, lo que permitió atribuir la maniobra a terceros. La empresa sostuvo que la operación había sido validada con mecanismos de seguridad, pero no logró demostrar su funcionamiento concreto en ese episodio.

El expediente expuso una cadena de consecuencias. La mujer no pudo pagar su tarjeta porque el dinero ya no estaba y comenzó a acumular intereses por mora que superaban los $95.000. A eso se sumaron reclamos de pago y advertencias sobre posibles medidas de cobro. Frente a la situación, realizó la denuncia policial, se presentó en una sucursal y envió una carta documento. No obtuvo respuesta favorable. La empresa rechazó el reclamo y mantuvo la deuda activa.

El juzgado encuadró el conflicto como una relación de consumo y sostuvo que la empresa debía garantizar la seguridad del servicio digital. Señaló que no bastaba con invocar controles generales si no se acreditaba su eficacia en el caso concreto. También tuvo en cuenta que la operación se registró desde una dirección IP ubicada en otra ciudad.

En el análisis, el fallo destacó que la demandada aportó registros internos de la aplicación, pero su contenido resultó insuficiente para verificar cómo se realizó la operación. También mencionó que la empresa ofreció una pericia informática que no se produjo, lo que debilitó su defensa. A la vez, remarcó que la clienta acompañó documentación del movimiento cuestionado y del reclamo posterior, elementos que permitieron reconstruir la secuencia de los hechos.

La sentencia ordenó a Tarjeta Naranja devolver los $580.000 transferidos, pagar otros $580.000 en concepto de daño moral y eliminar los intereses generados por la falta de pago del resumen. Además, dispuso que no se inicien acciones de cobro por esa deuda ni se informe a la usuaria en registros de morosos.

El fallo también puso el foco en la respuesta posterior al hecho. Remarcó la falta de soluciones frente al reclamo y el impacto que tuvo la situación en la clienta, que tuvo que enfrentar gestiones, pérdida de tiempo y la incertidumbre sobre el destino de su dinero.