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Contrató a otro constructor sin avisar: el juzgado de Paz de Fernández Oro le dio la razón al primer profesional

Un propietario de Fernández Oro quería construir una ampliación en su vivienda. Contrató a un Maestro Mayor de Obras, acordaron un presupuesto y el trabajo comenzó. El profesional elaboró los planos, gestionó el visado municipal y avanzó con los trámites para obtener el permiso de construcción. Todo iba por buen camino.
Entonces el propietario decidió no esperar. Empezó a construir antes de que la Municipalidad aprobara los planos. Una inspección detectó la irregularidad: dos vigas y una columna que, según el área de obras privadas, no verificaban estructuralmente. El municipio pidió una verificación técnica. El propietario se negó a pagarla.
El trámite quedó frenado. El permiso que estaba a punto de salir nunca llegó.
Lo que siguió no fue una conversación entre las partes. En diciembre de 2024, sin decirle nada al profesional que había trabajado durante meses en el proyecto, el propietario contrató a otro Maestro Mayor de Obras. El primero se enteró meses después, cuando recibió un correo de la Municipalidad que mencionaba un nuevo permiso firmado por otro colega. Para entonces, ese segundo profesional ya usó como base los planos que el primero había elaborado.
El técnico desplazado decidió reclamar. Primero por carta documento. Después en el juzgado de Paz.
En la audiencia las partes no llegaron a un acuerdo. El propietario contestó la demanda, negó adeudar dinero y planteó que era el profesional quien había incumplido, por no entregar el trabajo en el plazo convenido. Dijo que los retrasos lo obligaron a buscar a otro colega.
El juzgado analizó la evidencia y llegó a una conclusión diferente. La Municipalidad informó que el trámite del primer profesional estaba en instancias finales cuando se interrumpió. El propio segundo profesional declaró como testigo y reconoció que tomó como referencia los planos del primero. Y en los mensajes de WhatsApp que el propio propietario aportó como prueba quedó registrado que el técnico le advirtió que construir sin permiso podía traerle problemas.
El fallo también señaló un problema de forma. El Código Civil y Comercial establece que para rescindir un contrato por incumplimiento es necesario notificar a la otra parte y darle la posibilidad de cumplir. El propietario no lo hizo. Simplemente contrató a otro profesional sin comunicar su decisión. La sentencia calificó ese proceder como contrario a la buena fe contractual.
El juzgado de Paz hizo lugar a la demanda y condenó al propietario a pagar al técnico por la parte del trabajo efectivamente realizado, por los gastos y gestiones adicionales que no estaban incluidos en el presupuesto original, y por los daños y perjuicios derivados de la rescisión intempestiva.