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Una nueva tasación determinará cuánto deberá pagar un municipio por 13 terrenos expropiados

Hace más de una década 13 parcelas de Cervantes fueron parte de un proyecto de utilidad pública. En ese momento las tierras tenían características suburbanas o rurales y carecían de servicios. En 2012, la provincia declaró la utilidad pública de los inmuebles y la Municipalidad avanzó con trabajos sobre el lugar. El primer juicio de expropiación comenzó en 2014, pero ese trámite no logró cerrar las diferencias con todos los propietarios.

Con el paso de los años se realizaron tareas de limpieza, relleno y compactación, además de obras de infraestructura y servicios. Luego comenzó la construcción de un plan de 43 viviendas del plan Techo Digno.

Para el municipio el nuevo valor de las tierras provenía de la inversión pública. Para los propietarios las parcelas ya tenían proyectos de loteo anteriores a la expropiación y aptitud para un desarrollo urbano.

La Municipalidad de Cervantes inició un nuevo proceso de expropiación. Durante el trámite alcanzó acuerdos con algunos de los herederos. Otros propietarios no aceptaron la indemnización ofrecida y mantuvieron el reclamo.

El fuero Contencioso Administrativo de Roca hizo lugar a la expropiación, pero no estableció la suma definitiva que deberá pagar la Municipalidad. Consideró que no existen elementos técnicos suficientes para fijar ahora una indemnización justa. Por eso ordenó que, una vez firme la resolución, el perito tasador amplíe su informe. Esa nueva pericia permitirá determinar el monto y abrirá la etapa posterior de liquidación.

Los propietarios que continuaron en el juicio rechazaron por insuficiente la indemnización ofrecida por el municipio. Sostuvieron que las tierras debían valorarse como urbanas y reclamaron una tasación conforme al valor real de mercado.

También plantearon que la indemnización constituye una deuda de valor y solicitaron que se determine en dólares, con intereses y eventual capitalización.

La Municipalidad sostuvo una posición diferente. Planteó que los terrenos debían tasarse según su condición rural o suburbana y el estado que presentaban antes de las obras públicas.
El juez resolvió que los 13 terrenos expropiados para el proyecto de 43 viviendas deberán tasarse como tierras suburbanas o rurales, sin descontar las inversiones públicas realizadas para urbanizarlos.

Para resolver, el Juez tomó como marco la Constitución Nacional, la Constitución de Río Negro, la Convención Americana sobre Derechos Humanos y la Ley Provincial de Expropiaciones.
También recordó que la expropiación exige una indemnización justa, que debe compensar adecuadamente al propietario por la pérdida de sus bienes, sin provocar un perjuicio económico ni generar un enriquecimiento injustificado.

El fallo tuvo en cuenta, además, distintos precedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y la doctrina legal del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro.
El precio de las tierras será determinado en dólares. La nueva pericia deberá establecer el valor de mercado de cada inmueble a la fecha de su respectivo desapoderamiento, con la condición suburbana o rural que tenían entonces.

Una vez establecido ese valor, la suma se convertirá a pesos según el tipo de cambio oficial del Banco Nación vigente al momento de la cuantificación definitiva. Sobre el resultado se aplicará un interés puro del ocho por ciento anual desde el desapoderamiento hasta esa cuantificación.
El fallo admite la expropiación, pero deja pendiente el monto final. Una vez firme la sentencia, una nueva tasación permitirá fijar la indemnización. La Municipalidad tendrá 90 días para pagarla y, después del pago, se concretará la transferencia de los terrenos.