Una niña de Roca no mantiene contacto con su padre desde hace más de dos años. Según relató su madre, el vínculo se interrumpió cuando la chica era muy pequeña. Desde entonces, el hombre no volvió a verla ni manifestó interés en mantener una relación con ella.
La madre quería viajar con su hija a Chile durante el verano, pero para salir del país necesitaba contar con la autorización del papá. La falta de vínculo entre ambos impedía concretar el trámite de manera voluntaria. Ante esta situación, buscó una solución que le permitiera realizar viajes recreativos con la chica sin depender en cada oportunidad de la firma del padre.
La mujer inició una acción judicial para obtener una autorización, que es la vía prevista cuando uno de los progenitores no presta el consentimiento necesario. El fuero de Familia de Roca analizó el pedido y autorizó a la niña a salir, transitar y reingresar a la Argentina junto con su madre hasta que alcance la mayoría de edad.
En su presentación, la madre explicó que cuando la niña era pequeña había acordado mediante una mediación un régimen de contacto con el padre y una cuota alimentaria. Sostuvo que ninguno de esos compromisos se cumplió. Indicó que existe un trámite para ejecutar la deuda alimentaria y que también se iniciaron gestiones relacionadas con el pago de la cuota por parte de la abuela paterna.
El hombre fue notificado, pero no se presentó en el expediente. El fallo también tuvo en cuenta antecedentes de otra causa vinculada, en la cual se habían realizado distintas notificaciones sin que el hombre ejerza su defensa. Para resolver, la jueza valoró esa conducta y la falta de contacto con su hija.
La sentencia explicó que el Código Civil y Comercial exige el consentimiento de ambos progenitores para autorizar la salida del país de una persona menor de edad. Sin embargo, cuando existe una negativa o una dificultad para obtener ese consentimiento, la legislación permite la intervención judicial. En esos casos, el juez puede suplir la autorización después de analizar las circunstancias particulares y el interés superior de la niña.
El fallo consideró que la ausencia o el desinterés del padre no podían convertirse en un obstáculo para que la niña accediera a viajes, actividades recreativas y experiencias junto con su madre. También señaló que conocer otros lugares y realizar viajes al exterior puede representar una actividad beneficiosa para ella. La decisión contó además con el dictamen de la Defensora de Menores e Incapaces.
La autorización tendrá vigencia hasta que la niña cumpla la mayoría de edad. La sentencia también estableció un límite. Este permiso no permite modificar el centro de vida de la niña ni habilita su radicación fuera de la Argentina