El Juzgado de Familia de Luis Beltrán autorizó a un niño a salir del país para participar de un torneo internacional de fútbol juvenil. El viaje se realizará entre el 4 y el 8 de septiembre y el niño integrará una delegación deportiva. La decisión tuvo en cuenta su interés superior y su derecho a participar de actividades deportivas y recreativas.
La solicitud fue presentada por la tía del niño, quien tiene otorgada judicialmente su guarda. Explicó que su sobrino participará del certamen en representación de una filial del Club Argentinos Juniors y que viajará acompañado por su tío y otro integrante de la delegación, quienes estarán a cargo del traslado, cuidado y supervisión de los menores participantes.
En el expediente se acreditó que la mujer obtuvo la guarda judicial de su sobrino en diciembre de 2025. El padre del niño había fallecido y, debido a las circunstancias particulares del caso y a las medidas de protección vigentes, no correspondía requerir la autorización de la madre. Por ese motivo, la guardadora acudió al Juzgado para obtener la autorización judicial necesaria para la salida del país.
Antes de resolver, se dio intervención a la Defensora de Menores. En su dictamen consideró pertinente autorizar el viaje. Valoró la existencia de la guarda judicial, el fallecimiento del padre, la documentación presentada sobre el destino, las fechas y los acompañantes, y las medidas de protección vigentes respecto del niño.
La sentencia analizó los alcances de la guarda otorgada a un familiar y las facultades para adoptar decisiones vinculadas con el niño. Señaló que, por los antecedentes del caso y el tiempo de intervención del sistema de protección de derechos, se encontraban acreditadas las circunstancias que justificaban resolver la solicitud sin intervención de la progenitora.
Al analizar el pedido, el fallo puso especial énfasis en el interés superior del niño. Consideró que la participación en una actividad deportiva organizada resulta beneficiosa y permite garantizar derechos vinculados con su desarrollo integral, el esparcimiento, la recreación y la participación en experiencias interculturales.
La resolución destacó que el interés superior debe orientar las decisiones que involucren a niños, niñas y adolescentes. En ese marco, entendió que debía priorizarse el derecho del niño a disfrutar del deporte y de la experiencia que implica participar de una competencia internacional.
Por esos fundamentos, se autorizó la salida del país entre el 4 y el 8 de septiembre de 2026, acompañado por los adultos integrantes de la delegación deportiva. La autorización no contempla permiso de radicación en el exterior.
Debido a la proximidad de la fecha del viaje, también se ordenó comunicar la resolución a la Dirección Nacional de Migraciones con habilitación de días y horas.