Con el juicio terminado, los honorarios cobrados y el expediente archivado, un abogado volvió a presentarse para pedir una nueva regulación a cargo de la persona que recibió la indemnización. Sostuvo que, después de la sentencia homologatoria, realizó tareas vinculadas con inversiones y administración del capital. El tribunal de Cipolletti no aceptó que esos rendimientos sirvieran como base para otro cálculo de honorarios y solo admitió una retribución mínima por algunos escritos posteriores.
El expediente civil por daños y perjuicios concluyó en 2022 con un acuerdo conciliatorio homologado por la Cámara de Apelaciones de Cipolletti. En esa resolución se cerró el litigio, se reconoció la indemnización a favor de una persona con capacidad restringida y se regularon los honorarios profesionales por las etapas del proceso. Luego, la causa pasó a archivo digital.
Tiempo después, el abogado solicitó el desarchivo y pidió otra regulación. Argumentó que realizó tareas posteriores a la sentencia, entre ellas propuestas de inversión, colocaciones bancarias, pedidos relacionados con vehículos, solicitudes de fondos para manutención y planteos por gastos médicos. En su presentación afirmó que esas gestiones generaron ingresos o aumentaron el valor del capital indemnizatorio y pidió que esa supuesta mejora se usara como base para nuevos honorarios.
La jueza de primera instancia rechazó el reclamo. Señaló que la labor profesional ya fue valorada, que los honorarios por el monto base y las etapas cumplidas fueron regulados, y que constaba su percepción íntegra. También sostuvo que no surgían tareas posteriores con entidad suficiente para justificar una nueva regulación. Sobre los rendimientos del capital, explicó que no constituían un nuevo monto base, sino una medida de resguardo para evitar la desvalorización del patrimonio de la persona beneficiaria.
El abogado apeló. En sus argumentos sostuvo que el rechazo le causaba un perjuicio económico y que el trabajo profesional no se presume gratuito. También planteó que trabajó durante meses después de la sentencia y que sus tareas no formaban parte de las tres etapas ordinarias del juicio. En ese escrito pidió que se revocara la resolución y se le regularan honorarios por la actividad posterior.
La Defensoría de Menores e Incapaces respaldó la decisión de primera instancia. Expresó que no correspondía regular honorarios por tareas posteriores a la sentencia homologatoria, porque no se trataba de un proceso de ejecución de sentencia. De manera subsidiaria, pidió que, si el tribunal entendía que la tarea no fue gratuita, se fijara solo el mínimo arancelario. También mencionó la situación de vulnerabilidad de la persona beneficiaria.
La Cámara consideró que el acuerdo fue cumplido y que no existió una ejecución forzada, liquidaciones pendientes, incidentes ni una nueva etapa procesal. Según el tribunal, las presentaciones posteriores se vincularon con la administración y conservación del capital de una persona con capacidad restringida, bajo control judicial y del Ministerio Público.
El fallo sostuvo que el abogado no podía ser considerado un asociado de la persona beneficiaria en la administración de su patrimonio ni participar de los frutos de eventuales inversiones. También indicó que no existían elementos suficientes para construir una nueva base de cálculo con los rendimientos del capital.
Sin embargo, la Cámara reconoció que el profesional firmó algunos escritos después de la homologación. Por esa razón, y por el principio de onerosidad del trabajo profesional, admitió una retribución adicional mínima. El tribunal aclaró que esa suma se limitó a esas tareas y no abrió una nueva instancia de cobro sobre la indemnización ni sobre sus rendimientos.