La Cámara Civil de Viedma confirmó la condena a una concesionaria y a una empresa de planes de ahorro, tras detectar irregularidades en la gestión y falta de información clara hacia el consumidor. Además, incrementó el monto del daño punitivo que había impuesto el fallo de primera instancia.
El caso se originó en 2018, cuando el consumidor suscribió un sistema de ahorro previo para adquirir un vehículo utilitario. Tras abonar 23 cuotas, y aunque su intención era continuar con el mecanismo, se le ofreció la suscripción de un segundo plan bajo la promesa de un beneficio que le permitiría mantener el primer contrato sin perder lo ya abonado.
Sin embargo, la realidad fue distinta. Aunque el consumidor continuaba abonando su primer plan de ahorro, la concesionaria le activó otro de manera simultánea. Esto provocó confusión y dificultó que el consumidor continuara con su idea original como había previsto, obligándolo a reclamar judicialmente para regularizar la situación.
El consumidor presentó múltiples reclamos ante la concesionaria y la administradora, sin éxito, y finalmente inició acciones judiciales solicitando la unificación de los planes y la devolución de lo abonado. La jueza de primera instancia concluyó que “ha sido incumplido el deber legal de información que integra los contratos de consumo, toda vez que no se le explicó al actor en forma clara, cierta y detallada las condiciones del nuevo plan de ahorro con respecto al primero de ellos suscripto”.
Ante los recursos de apelación presentados tanto por la administradora del plan como por el consumidor, la Cámara ratificó la mayoría de la decisión y amplió la sanción punitiva.
Según los magistrados, “la suscripción del segundo plan de ahorro fue simultáneamente la causa de que el primero quedara paralizado y fuera luego dado por rescindido por falta de pago, sin que el actor hubiera sido informado del alta del segundo plan y de que ambos corrían en paralelo”.
La Cámara destacó además que la cuantía del daño punitivo fijado en primera instancia no cumplía con los objetivos de disuasión, considerando la posición dominante de la administradora en el mercado y la reiteración de conductas similares. Por ello, resolvió elevar el monto a doce millones.
El caso involucra a Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados y Arias Hermanos S.A., condenadas solidariamente a indemnizar al consumidor por los daños sufridos y a devolver las cuotas abonadas, consolidando la protección al consumidor frente a prácticas que generan perjuicio económico y moral.