En la ciudad de Bariloche, una mujer y su hija adolescente sufrieron un incidente vial mientras viajaban en su Volkswagen Gol desde el barrio Los Coihues hacia el centro. Fueron interceptadas por un acoplado que se desprendió de una camioneta Ford Ranger en sentido contrario, impactando en el lado izquierdo de su vehículo. Esto les causó lesiones y daños materiales. Un fallo del fuero civil condenó al dueño de la camioneta y a la aseguradora “Seguros Bernardino Rivadavia Cooperativa Limitada” a indemnizar a las víctimas por los daños materiales y morales.
El incidente se produjo cuando el acoplado, destinado al transporte de caballos, se desenganchó inesperadamente de la camioneta y cruzó al carril de las víctimas. La mujer intentó una maniobra evasiva, lo que evitó un impacto frontal pero no los daños en el vehículo y las lesiones.
La aseguradora había intentado rechazar la demanda argumentando que solo el vehículo estaba asegurado, no el acoplado. Sin embargo, la responsabilidad de la aseguradora se confirmó ya que el seguro cubría al vehículo cuando remolcaba.
El fallo judicial se basó en la noción de responsabilidad objetiva, donde el dueño o guardián de un vehículo es responsable por los daños causados por este, a menos que pueda demostrar la culpa de la víctima o de un tercero, o un caso fortuito. En este caso, se concluyó que la parte demandada no pudo eximirse de responsabilidad.
La indemnización incluyó reparaciones del vehículo, tratamiento psicológico para la conductora, quien sufrió un trastorno por estrés postraumático, y compensación por el daño moral experimentado debido al impacto del accidente en su vida familiar, laboral y social.