Un hombre de Viedma realizó una compra online de un mueble tipo despensero. Abonó la totalidad del producto y recibió un correo de confirmación que indicaba la fecha en que se concretaría el envío, pero este llegó muchos días después del plazo establecido.
El hombre intentó comunicarse con la empresa por diversas vías: mensajes de WhatsApp, correos electrónicos y llamadas al servicio de atención al cliente. Afirmó que no recibió respuesta satisfactoria ni solución a su reclamo, por lo que presentó una demanda de menor cuantía ante el Juzgado de Paz de Viedma.
La empresa reconoció haber entregado el producto fuera de los plazos pactados y atribuyó el retraso a cuestiones logísticas. El hombre sostuvo que, al iniciar el reclamo judicial, no había recibido el bien ni obtuvo información clara sobre su situación. Ambas partes manifestaron su voluntad de conciliar, pero no alcanzaron un acuerdo.
La empresa presentó su respuesta fuera del plazo legal, por lo que el juzgado consideró que esa presentación no tenía efectos.
Luego de analizar las constancias del expediente, el Juzgado de Paz determinó que existió una relación de consumo y que la firma incumplió sus deberes de trato digno e información, conforme a lo previsto en la Ley 24.240.
El fallo sostuvo que la conducta de la firma evidenció desinterés por los derechos del consumidor y que la falta de información provocó una situación de desprotección evitable.
Finalmente, el Juzgado condenó a Bazar Avenida S.A. (Megatone) al pago de 150.000 pesos en concepto de daño moral y 300.000 pesos por daño punitivo, ambos con intereses.