Una motociclista de Catriel resultó embestida por una camioneta del rubro petrolero, que no respetó la prioridad de paso y cruzó de manera imprudente en una intersección. El fallo del fuero Civil de Cipolletti responsabilizó al conductor, a la titular registral del vehículo, a la firma para la cual prestaba servicios y a la aseguradora, por las lesiones físicas y secuelas permanentes que sufrió la mujer.
La víctima, de 32 años, circulaba en su moto Mondial por la avenida Rawson, en dirección norte. Trabajaba como portera y también hacía tareas domésticas. En un día normal de rutina, mientras atravesaba una intersección en forma de “T”, una camioneta Toyota Hilux apareció desde la calle Pico Truncado, giró de manera abrupta y le bloqueó por completo el paso. El impacto fue inevitable. La moto se estrelló contra el lateral derecho del vehículo. El golpe la lanzó hacia el parabrisas.
Una ambulancia la trasladó primero al hospital de Catriel y luego al Sanatorio Río Negro, donde permaneció internada varios días. Sufrió una fractura en la muñeca izquierda, traumatismo de cráneo, pérdida de conocimiento y múltiples lesiones. La operaron, le colocaron una placa, y más tarde debieron reintervenirla porque su cuerpo rechazó el material. Desde entonces, el dolor, la medicación y las limitaciones funcionales la acompañaron cada día.
El juicio por daños y perjuicios se inició tiempo después. La mujer sostuvo que el conductor no respetó las normas de tránsito, y que la camioneta circulaba al servicio de una empresa petrolera. El vehículo estaba registrado a nombre de otra persona, que no respondió la demanda. La empresa tampoco concurrió al proceso judicial y fue declarada en rebeldía. La aseguradora, en cambio, reconoció que la camioneta tenía cobertura al momento del hecho.
Una pericia accidentológica, realizada en el expediente penal, determinó que el conductor de la Hilux no cedió el paso y cruzó la avenida sin precaución. Otro informe técnico, elaborado por una especialista en el juicio civil, confirmó esa misma mecánica: la moto circulaba con energía cinética propia y se encontró de frente con una camioneta de gran porte que le obstruyó el camino sin margen para esquivarla. El choque se produjo en forma perpendicular. La mujer golpeó su cabeza contra el parabrisas y cayó al suelo.
La pericia médica estableció una incapacidad física del 30 por ciento. El informe detalló dolor permanente en la muñeca, pérdida de movilidad y dificultades para realizar tareas cotidianas. El uso de férulas, los analgésicos y la imposibilidad de sostener objetos pesados forman parte de sus secuelas.
La sentencia responsabilizó al conductor por no respetar la prioridad de paso. También alcanzó a la empresa para la que trabajaba, por tratarse de un hecho ocurrido en ejercicio de sus funciones. La titular registral del vehículo fue considerada responsable en los términos del Código Civil y Comercial. El fallo también incluyó a la aseguradora, en la medida del seguro obligatorio vigente al momento de dictar sentencia, conforme a la doctrina del Superior Tribunal de Justicia.
Finalmente el fallo ordenó una indemnización que contempló los rubros de incapacidad, daño moral, tratamiento psicológico y gastos médicos futuros. La resolución es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelada por las partes.