Una policía del área de prevención y seguridad pública mientras recorría caminando un barrio de Viedma, escuchó por su equipo de comunicación que por el lugar en que se encontraba circulaba una motocicleta en actitud sospechosa por lo que inició las averiguaciones para constatar el hecho. En esas circunstancias, por las irregularidades del terreno, tropezó, cayó al suelo y sufrió un fuerte traumatismo en su tobillo derecho.
Fue traslada al Sanatorio Austral donde recibió las primeras asistencias y se le practicó una cirugía artroscópica compleja en su tobillo derecho.
Posteriormente, la ART le otorgó el alta médica reconociendo un porcentaje de incapacidad menor al que la mujer policía manifiestó poseer.
Inició una demanda. Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. negó incumplimientos de su parte.
Oportunamente se le realizó la pericia médica y el diagnóstico fue de “lesión osteocondral de astrágalo”. Además se observaron dos cicatrices compatibles con portales artroscópicos de buena evolución. Se agregó que la mujer siente una sensación de “pinchazo” a la palpación. Y en las consideraciones médico legales el experto estableció que “se constata limitación funcional en distintos rangos de movimiento”.
Los jueces evaluaron la totalidad de la prueba y concluyeron que correspondía un monto de indemnización. Luego, realizaron los cálculos respectivos.
Por último, la Cámara Laboral de Viedma condenó a la empresa Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. a abonarle a la mujer policía en concepto de indemnización por la incapacidad laboral reconocida, e intereses la suma de 1.964.043,02 pesos.