Tropezó en una escalera mientras limpiaba una sala de cine. La caída pareció menor en ese momento, apenas un golpe en la rodilla. Pero con el paso de las semanas, el dolor no cedió. Los estudios médicos revelaron una lesión más grave de lo que imaginaba: el ligamento cruzado anterior de la rodilla derecha estaba roto. Así empezó el recorrido de una trabajadora que terminó en una sala distinta: la Cámara del Trabajo de Cipolletti.
El accidente ocurrió mientras cumplía tareas de limpieza en un complejo de cines de Neuquén. Ese día, en noviembre de 2022, la jornada se desarrollaba como cualquier otra. Pero un mal paso en la escalera alteró su rutina y, con el tiempo, su vida. La aseguradora de riesgos del trabajo intervino de inmediato. Reconoció el accidente, autorizó el tratamiento, cubrió la cirugía y dictó el alta médica en enero de 2023.
La Comisión Médica asignó un porcentaje de incapacidad de 4,72%. Con ese cálculo, la aseguradora realizó un pago por incapacidad permanente parcial. Pero la trabajadora no estuvo de acuerdo. Acudió a un médico particular, quien le indicó que la lesión había dejado consecuencias más severas. Con ese nuevo informe, llevó su reclamo a la vía judicial.
Mientras tanto, el cuadro clínico se complicó. En junio de 2023, al trasladarse hacia su lugar de trabajo, volvió a sufrir una lesión en la misma rodilla. El mismo ligamento se rompió por segunda vez. En julio, ingresó nuevamente al quirófano. Y en enero de 2024, una nueva intervención: esta vez por una lesión en el menisco. A esa altura, la rodilla derecha ya había pasado por tres cirugías en menos de dos años.
Durante el proceso judicial, una médica perito examinó a la trabajadora, revisó resonancias y evaluó la evolución del cuadro. Diagnosticó inestabilidad articular, atrofia muscular, acumulación de líquido y dificultades en la marcha. Aplicó el baremo legal vigente y fijó una incapacidad del 20,5%.
La aseguradora impugnó ese resultado. Alegó que el nuevo porcentaje no se correspondía con la realidad ni con los antecedentes del caso. Pero el tribunal entendió que el informe de la perita tenía respaldo técnico y legal suficiente, y que las secuelas estaban directamente ligadas al accidente original.
El fallo ordenó a la aseguradora pagar la diferencia entre lo ya abonado y la indemnización correspondiente al nuevo porcentaje. También dispuso que se agregara el incremento previsto por ley, con intereses desde la fecha del accidente. Las costas del proceso quedaron a su cargo.
El tribunal entendió que las secuelas físicas observadas en la trabajadora estaban vinculadas de forma directa con el accidente sufrido en las escaleras del Cinemark. A partir de esa base, reconoció el derecho a una reparación más amplia. La parte condenada es Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo.