El Juzgado de Paz de Allen resolvió no imponer una sanción económica a un hombre denunciado por presunto incumplimiento de una sentencia. El fallo le ordenaba mitigar los ruidos provenientes de su taller de chapa y pintura.
La defensa sostuvo que el hombre cumplió con lo dispuesto, entre ello la construcción de un paredón y la regulación de los horarios laborales. Argumentó también que la vecina no presentó pruebas concluyentes que acreditaran nuevos incumplimientos o perturbaciones fuera de lo habitual.
El chapista admitió que, en el pasado, hubo inconvenientes, pero afirmó que reorganizó su actividad laboral. Indicó que actualmente respeta los horarios establecidos y no realiza tareas fuera de ese lapso. Explicó que cualquier ruido nocturno proviene del ingreso a su domicilio por el portón del taller, lo cual forma parte de su rutina diaria y no constituye una infracción.
El juez valoró el compromiso de mantener el volumen de la música dentro de parámetros aceptables y de preservar una convivencia respetuosa con el entorno. Consideró, además, que las dos nuevas denuncias presentadas por la vecina no contaban con respaldo probatorio. Advirtió que, en caso de futuras denuncias, se requerirá la intervención policial para evaluar adecuadamente los hechos.
Finalmente, se le indicó al hombre que puede presentar una denuncia ante la comisaría correspondiente si considera que la denunciante incurre en conductas hostiles.