Un hombre que convive en pareja desde hace más de siete años logró consolidar un fuerte lazo con el hijo de la mujer. El afecto con el adolescente es recíproco. Desde que era un niño, el hombre se ocupó de su alimentación, de su cuidado personal, de llevarlo a la escuela y a sus distintas actividades. El vínculo se inició en la primera infancia. Ahora, la familia se ampliará.
El Fuero de Familia de Luis Beltrán resolvió hacer lugar a la adopción por integración solicitada por el hombre respecto del hijo de su pareja. Esta adopción tiene carácter de plena y deja intacto el vínculo con su progenitor.
Desde ahora, el adolescente llevará el apellido de su adoptante, situación que brinda un marco legal a la inclusión. Es un reconocimiento a la relación ya establecida.
El padre biológico prestó consentimiento respecto de la pretensión de la familia. También dictaminaron favorablemente la Defensora de Menores del adolescente.
Durante el trámite judicial se cumplieron todas las instancias requeridas: se tomaron testimonios, se realizaron pericias socioambientales y se celebraron audiencias. Además, se incorporaron informes de antecedentes penales que descartaron objeciones en ese aspecto.
La jueza destacó que el vínculo “se caracteriza por la presencia de profundos y genuinos lazos afectivos, los cuales se manifiestan en el mutuo reconocimiento de roles, la contención emocional y el ejercicio responsable y amoroso de la autoridad parental por parte de los adultos. La realidad socioafectiva actual, por ende, es la de una filiación establecida por el afecto y la convivencia, razón por la cual debe ser protegido y formalizado por esta instancia judicial”.
El trámite respetó el principio del interés superior del niño, conforme con la Convención sobre los Derechos del Niño, y garantizó su derecho a la identidad, a vivir en familia y a ser escuchado. La decisión se fundó en que la adopción representa el marco jurídico más adecuado para reconocer el vínculo afectivo y familiar que une al adolescente con el adoptante.