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Sin señalización en Alem, la prioridad de paso marcó la decisión

La esquina de Alem y España, en Cipolletti, no tenía semáforos ni carteles que alteraran la prioridad de paso. En ese cruce se produjo un incidente vial entre una motocicleta y un automóvil. A partir de ese hecho, se inició un proceso judicial que concluyó con el rechazo de la demanda por daños y perjuicios.

La persona que conducía la motocicleta sostuvo en su presentación que avanzaba por Alem a velocidad reglamentaria y que, cuando terminaba de atravesar la intersección, un vehículo que se encontraba sobre España retomó la marcha de manera repentina. Según su relato, la maniobra le impidió esquivar el automóvil y el impacto se produjo contra el sector delantero derecho del rodado mayor. Como consecuencia, sufrió lesiones de gravedad y recibió atención médica en el hospital local.

El conductor del Ford Focus y la aseguradora ofrecieron otra versión. Reconocieron el lugar y la participación de ambos vehículos, pero discutieron la mecánica. Explicaron que el automóvil circulaba por España y que la motocicleta ingresó al cruce sin respetar la prioridad de paso. Señalaron que la conductora perdió el control y cayó sobre el asfalto. Con ese argumento, pidieron el rechazo del reclamo.

El expediente sumó pruebas. En sede penal, el conductor del automóvil resultó sobreseído. El Ministerio Público Fiscal entendió que no se acreditó una conducta negligente de su parte y que la prioridad correspondía al vehículo que avanzaba por la derecha. El juez civil aclaró que esa resolución no lo obligaba, pero la incorporó al análisis como elemento probatorio.

En el juicio por daños se realizó una pericia accidentológica. El experto describió la intersección como un cruce perpendicular, sin semáforos ni señalización especial. Indicó que la motocicleta avanzaba por Alem y el automóvil por España. Concluyó que el siniestro ocurrió cuando la motocicleta ingresó sin respetar la prioridad del vehículo que se aproximaba por la derecha. No detectó exceso de velocidad ni maniobras antirreglamentarias atribuibles al automovilista.

La motociclista cuestionó el informe y mencionó la presencia de un camión que, según sostuvo, pudo afectar la visibilidad. El perito respondió que no contó con elementos objetivos que modificaran la reconstrucción y ratificó sus conclusiones. El juez valoró el dictamen junto con el resto de la prueba y consideró que resultó coherente con las constancias del caso.

Dos testigos declararon en audiencia. Una persona aportó datos generales sobre el tránsito habitual en la esquina. La otra afirmó que se encontraba en el lugar, pero no observó el instante preciso del impacto. Para el tribunal, esos testimonios no alteraron la secuencia técnica descripta por el especialista.

En la sentencia, el magistrado recordó que la Ley Nacional de Tránsito establece que en las encrucijadas tiene prioridad quien circula por la derecha, salvo señalización en contrario. Indicó que en la esquina de Alem y España no existía cartelería que modificara esa regla.

Con base en la prueba producida, el juez atribuyó la causa del incidente a la conducta de quien ingresó al cruce sin contar con prioridad de paso. En consecuencia, rechazó la demanda. Tiempo después el municipio de Cipolletti instaló semáforos en la esquina de Alem y España con el objetivo de reducir el riesgo y garantizar una mayor seguridad vial.