Una mujer alquiló su propiedad por un plazo de tres años. Durante el contrato, la inquilina falleció y su hijo permaneció en el hogar. El contrato finalizó, pero las llaves no regresaron a su dueña.
La mujer afirmó que el hombre no pagó los alquileres después del vencimiento del plazo original. Por su parte, el ocupante aseguró que realizó importantes mejoras en la casa, ya que la construcción presentaba problemas de humedad y deficiencias de habitabilidad.
La ocupación se extendió de forma irregular durante ocho meses más. La propietaria recurrió al Poder Judicial para recuperar la vivienda.
El fuero Civil de Roca hizo lugar a la demanda iniciada por la señora por daños y perjuicios derivados de la falta de restitución de la casa. La mujer reclamó una indemnización contra el hombre que continuó ocupando la vivienda.
El hombre reconoció haber ocupado el inmueble luego del fallecimiento de su madre, pero negó los incumplimientos. Sostuvo que abonó los alquileres y que la vivienda presentaba graves problemas de habitabilidad, lo que lo obligó a realizar mejoras. En consecuencia, planteó una reconvención para obtener el reintegro de los gastos realizados.
La mujer rechazó esta posibilidad y recordó que entregó el inmueble en buen estado, conforme al contrato. Además, el ocupante no probó las mejoras invocadas. En la etapa probatoria se fijaron los puntos en discusión, entre ellos la continuidad de la locación, el pago del canon, los daños reclamados y la existencia de mejoras.
La jueza consideró probado que existió un contrato de locación, que la inquilina falleció antes de su vencimiento y que el hijo continuó ocupando el inmueble hasta su desalojo. En cuanto al pago de los alquileres, entendió que no se acreditó su cancelación total, por lo que tuvo por válida la falta de pago.
Respecto de las mejoras reclamadas por el hombre, concluyó que no se aportó prueba suficiente que acreditara su realización ni su valor.
La sentencia hizo lugar a la demanda y reconoció el derecho de la mujer a percibir los alquileres adeudados. También admitió la falta de restitución de la casa en término. A esas sumas se les adicionan intereses y se descuentan los pagos parciales ya realizados.