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Se cayó de un caballo y sufrió lesiones que redujeron su capacidad laboral: fallo definió responsabilidad de la ART

Un trabajador rural sufrió un accidente mientras montaba a caballo dentro del predio donde realizaba sus tareas, lo que derivó en una lesión que redujo de manera significativa su movilidad. La caída se produjo cuando el animal tropezó con un sector irregular del terreno y el trabajador perdió el equilibrio. Como consecuencia sufrió una seria lesión en la rodilla.

El incidente ocurrió durante la mañana, en un tramo del campo utilizado habitualmente para el traslado de animales y materiales. Compañeros del trabajador relataron que lo vieron caer del caballo y que inmediatamente avisaron a los servicios de emergencia.

Tras la caída, el hombre fue trasladado a un centro médico donde le realizaron estudios de imagen que confirmaron un daño importante en la articulación de la rodilla. Los médicos indicaron que la lesión podría generar limitaciones permanentes para realizar actividades físicas intensas.

El hombre inició un reclamo ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo, que inicialmente cuestionó si el hecho podía considerarse laboral. Argumentó que el desplazamiento a caballo no se realiza en todos los sectores de la propiedad.

Durante el proceso judicial se presentaron informes médicos, testimonios de compañeros y registros de la rutina diaria del hombre. Los peritos evaluaron el impacto de la caída y la relación entre el uso del caballo y las actividades laborales habituales.

Los testigos coincidieron en que el trabajador utilizaba el caballo varias veces al día para trasladarse entre distintos sectores del campo, lo que vinculó el accidente directamente con su jornada laboral.

Una cámara de Trabajo de Bariloche analizó pruebas; entre ellas fotografías del lugar, planos del predio y antecedentes de accidentes previos. También se evaluó la peligrosidad del terreno y la previsibilidad del riesgo al desplazarse a caballo.

Finalmente, los peritos determinaron que la lesión provocó una incapacidad parcial permanente del 16,5 por ciento. La resolución judicial incluyó cobertura de tratamientos médicos, terapias de rehabilitación y una indemnización económica calculada según la magnitud de la incapacidad. La sentencia de primera instancia no está firme porque puede ser apelada.