Una mujer que trabajaba como agente de policía en Viedma acudió a una alerta por robo. Llegó rápidamente y comenzó a perseguir a los asaltantes. Alcanzó a uno de ellos e intentó reducirlo, pero el malviviente la agredió lanzándole piedras. También le propinó patadas, una de las cuales le golpeó en la rodilla derecha.
La mujer relató que fue asistida por su prestador de ART. La lesión fue de tal magnitud que debió ser intervenida quirúrgicamente en la rodilla. Luego recibió tratamiento de rehabilitación hasta obtener el alta médica.
Posteriormente, inició el trámite por divergencia en la determinación de la incapacidad, ya que se le diagnosticó una incapacidad menor a la que ella estimaba tener.
En las consideraciones médico-legales se describió la anatomía de la rodilla humana y el menisco, y se explicaron las lesiones sufridas y los tratamientos posibles. En el expediente consta un informe de una especialista.
La Cámara Laboral concluyó que la trabajadora “padeció un evento traumático en su rodilla derecha mientras desempeñaba sus tareas laborales, lo cual requirió cirugía y atención médica por parte de su ART, generando las secuelas objetivadas en el examen físico”.
Tuvo en cuenta que la aseguradora “reconoció la existencia del siniestro tal como fue denunciado, por lo que se controvierte es el grado de incapacidad resultante del hecho”.
La pericia médica concluyó que correspondía un porcentaje mayor. De esta manera, la Cámara Laboral de Viedma condenó a Horizonte Compañía Argentina de Seguros S.A. a indemnizarla por la incapacidad reconocida.