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Ordenan devolver el dinero por no cumplir con la construcción de un paredón

Una mujer de Cipolletti contrató a otra persona para levantar un paredón de placas de cemento, pero la obra no se ajustó a lo pactado. La estructura presentó fallas desde el inicio, generó preocupación en el entorno familiar y, ante la falta de respuestas, decidió iniciar un reclamo judicial. El fuero Civil le dio la razón y ordenó la devolución del dinero abonado, además de reconocer un daño moral por la situación vivida.
El acuerdo entre ambas partes se firmó en junio de 2022. La mujer buscaba cerrar el terreno donde vive con un paredón de treinta metros de largo por dos de alto, y pactó un plazo de ejecución de cuarenta y cinco días. Empezó a pagar en cuotas mensuales, pero el proyecto se extendió más de lo acordado y presentó múltiples fallas. Las columnas que debían sostener el muro quedaron flojas, algunas placas llegaron partidas y la estructura terminó inclinándose hacia la casa vecina. Según contó, eso representó un riesgo concreto para niños que vivían en la propiedad lindera.
Tras insistir de distintas formas, no obtuvo solución. Presentó un reclamo ante la Oficina de Defensa del Consumidor y luego intentó una instancia de mediación, que tampoco prosperó porque la otra persona no se presentó. Frente a la falta de respuestas, decidió iniciar una demanda civil.
A su reclamo sumó pruebas documentales, fotos del paredón, constancias de reclamos anteriores y el testimonio de tres personas que confirmaron el mal estado de la obra. Un trabajador que fue al terreno para nivelar el suelo declaró que el muro se movía al apoyarse, y que las viguetas no estaban fijas. Otro, que había sido convocado para instalar un portón, dijo que la estructura estaba suelta y que prefirió no continuar. Un vecino manifestó que llegó a ver cómo se desprendían placas de cemento y que la clienta estaba angustiada por la falta de respuesta.
En su presentación, la mujer detalló que había abonado catorce cuotas al momento de judicializar el tema, y explicó que la situación le generó un perjuicio emocional, además de complicar otros trabajos pendientes en su casa. Describió sensaciones de frustración, enojo e impotencia frente a un conflicto que no lograba resolver por vías administrativas.
Durante el proceso judicial, la otra parte no se presentó ni contestó la demanda, por lo que se decretó su rebeldía. Esa situación permitió tener por ciertos los hechos relatados por la ciudadana, siempre que no resultaran inverosímiles. Además, la jueza evaluó la prueba incorporada en el expediente para respaldar el reclamo.
La sentencia consideró acreditado que hubo un incumplimiento contractual, y que la construcción no respetó las condiciones pactadas en cuanto a calidad y seguridad. En consecuencia, el fallo ordenó devolver el dinero efectivamente abonado hasta el momento de la demanda, con los intereses correspondientes. También reconoció que existió un daño moral, en tanto el incumplimiento y la falta de respuesta causaron un perjuicio emocional que resultó confirmado por testigos y por el desarrollo de los hechos.
El fallo es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado.