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Los abuelos paternos ayudan a su nieta, pero el padre sin trabajo formal también deberá cubrir los gastos de su hija

Una mujer que vive con su hija en una casa alquilada se ocupa íntegramente del cuidado de la nena. Recibe ayuda económica de los abuelos paternos, quienes suelen quedarse con la chica los fines de semana. El padre de la nena no tiene empleo registrado y no se hace cargo de los gastos.

El fuero de Familia de Luis Beltrán hizo lugar a la demanda de alimentos iniciada por la mujer. A pesar de no tener un empleo registrado, el hombre deberá pagar una cuota alimentaria. La jueza consideró que el hombre es joven y saludable, y que estaría desempeñando tareas en el trabajo informal.

Para esta decisión, también se tuvo en cuenta la situación inflacionaria que atraviesa con frecuencia la economía del país. Por ello, se argumentó que “la fijación de un porcentaje sobre el salario mínimo, vital y móvil aparece como un mecanismo ideal que conlleva una actualización directa del monto alimentario”.

La jueza señaló que el alimentante no puede excusarse por la falta de empleo registrado y que debe realizar esfuerzos razonables para generar ingresos.

El fallo valoró el interés superior de la niña, que impone a ambos progenitores el deber de cubrir manutención, educación, salud, vivienda, vestimenta y esparcimiento.

Durante el trámite se verificó que el padre de la nena no registra empleo formal ni inscripción tributaria. Tampoco compareció a la audiencia preliminar ni acreditó aportes en especie. La pericia social indicó que la madre asume casi en exclusividad los cuidados y gastos cotidianos.
La elección de un porcentaje atado al salario mínimo se fundó en la necesidad de una actualización automática frente a la inflación.