Un fallo judicial determinó que una empresa financiera deberá restituir un Fiat Cronos a su propietaria, que reside en Cipolletti. El coche había sido secuestrado porque supuestamente la mujer estaba atrasada con las cuotas de un plan de ahorro. Se probó en el expediente en el que la usuaria había denunciado errores en la imputación de sus pagos y falta de información clara sobre su deuda.
La propietaria del automóvil había adquirido el vehículo mediante un plan de ahorro. Le debitaban directamente, pero el año pasado realizó un cambio en su cuenta bancaria. Meses después, advirtió que no se le estaban descontando las cuotas, por lo que solicitó la modificación del débito automático y comenzó a descargar las facturas para abonarlas manualmente.
Sin embargo, en octubre de 2023, el auto fue secuestrado por orden judicial bajo el argumento de una supuesta deuda superior a tres millones de pesos. Tras solicitar información a la empresa, le informaron que el monto adeudado era 330 mil pesos, aunque no se incluían los pagos que había realizado manualmente.
Posteriormente, se enteró de que el vehículo secuestrado había sido trasladado a la provincia de Buenos Aires, lo que motivó su presentación en el expediente judicial que había iniciado la empresa.
En su reclamo señaló que incluso debió abonar una deuda por telepeaje que se produjo mientras era trasladado.
También sostuvo que FCA Compañía Financiera S.A. ignoró los pagos que constaban en los registros de Fiat Plan y avanzó con el secuestro sin haberle reclamado previamente la mora.
La afectada argumentó que el vehículo era un bien familiar de transporte y su falta de disponibilidad le ocasionó perjuicios económicos, al tener que recurrir a medios alternativos para movilizarse. También cuestionó que la unidad se mantuviera en un depósito privado, generando gastos adicionales.
El juez del caso observó que no se logró establecer con precisión el monto adeudado, dado que la empresa brindó cifras diferentes en distintas instancias del proceso. Esta situación, según el fallo, vulneró el derecho del consumidor a recibir información clara y precisa, lo que podría constituir una infracción a la Ley de Defensa del Consumidor (LDC).
Ante estos elementos, el tribunal resolvió dejar sin efecto el secuestro del Fiat Cronos y ordenó a FCA Compañía Financiera S.A. su inmediata restitución en un plazo de tres días.