Un hombre y su hijo estaban a un paso de ser llevados a juicio por los delitos de lesiones graves y amenazas. Aquella única trompada en medio de una discusión con un vecino, en la zona rural de Roca, podía costarles entre uno y seis años de prisión. Pero una idea de la defensa fue bien recibida por la fiscalía y también por el agredido y permitió resolver el conflicto de otra manera: a través de una reparación concreta.
El juez del caso analizó los hechos y consideró la propuesta bajo el mandato del Código Procesal Penal, que dice: “Los jueces y fiscales procurarán la solución del conflicto primario surgido a consecuencia del hecho, a fin de contribuir a restablecer la armonía entre sus protagonistas y la paz social”.
Recordó que la agresión ocurrió en abril de 2023 en la chacra de la víctima. Hasta allí llegaron los vecinos, padre e hijo, muy enojados. El motivo era que una vaca de su propiedad estaba en la chacra del hombre. El reclamo terminó con un golpe de puño en la mandíbula del chacarero que le hizo perder un diente. Según la pericia, la falta de esa muela le causó un “debilitamiento de la función masticatoria”, lo que legalmente constituye el delito de lesiones graves.
En una audiencia previa al juicio la Fiscalía y la Defensa plantearon una reparación de 400.000 pesos, en dos cuotas. La propuesta se informó al afectado, quien aceptó expresamente y aportó un número de cuenta para recibir los pagos. En septiembre recibió la primera transferencia por Mercado Pago y a comienzos de octubre le depositaron la segunda cuota.
Para aceptar el acuerdo la fiscalía tuvo en cuenta “la naturaleza de los hechos imputados a los acusados, la extensión del daño, no habiendo sido afectado el interés público y que existió conformidad por parte de la víctima a una reparación por el daño causado”. Y destacó que la reparación permite, en este caso concreto, “resolver el conflicto primario conforme el espíritu del Código Procesal Penal”.
En la audiencia, tras verificar el cumplimiento pleno del compromiso de pago, el juez aceptó el “criterio de oportunidad”.
La reparación concreta, si es aceptada por todas las partes y se cumplen todos los compromisos asumidos, permite extinguir la acción penal “por la reparación integral del perjuicio a la víctima”, lo que se traduce en el sobreseimiento de los acusados.
Entre los fundamentos el juez destacó esta herramientas de resolución de conflictos primarios aplicada al ámbito penal, basada en “principios de raigambre constitucional, como el de mínima intervención estatal, mínima injerencia del derecho penal y máxima tutela para víctima, en los que subyace como idea principal la aplicación de la pena como última ratio”.