Un chofer de transporte de cargas solicitó una licencia sin goce de haberes en plena pandemia. La empresa se la denegó y el hombre renunció. Luego, inició una demanda debido a secuelas psicológicas por los tratos recibidos y la falta de trabajo. La Cámara Laboral de Viedma desestimó el pedido y ahora el Superior Tribunal de Justicia confirmó el fallo de primera instancia.
En su demanda judicial, el hombre argumentó que en plena pandemia el jefe lo maltrataba, lo que le provocó un estrés crónico y trastornos de ansiedad. Solicitó entonces una licencia en su trabajo, pero le fue denegada. Entonces, presentó su renuncia.
Poco después, inició un juicio contra la Aseguradora para que lo indemnizara por las secuelas psicológicas.
Por su parte la ART admitió que mientras estaba trabajando fue tratado por “cuadros de angustia, depresión, estrés y ansiedad”. En ese momento el profesional atribuyó el cuadro “al contexto de pandemia”.
Sin embargo, destacó que “no existió nexo de causalidad adecuado entre la patología denunciada y las tareas realizadas” por el chofer.
Por otro lado argumentaron que es irrazonable que el trabajador que dice haber recibido maltrato laboral de su empleador haya decidido renunciar a su puesto trabajo y no haberse puesto en situación de despido indirecto por injuria grave y reclamar además de las indemnizaciones tarifadas el resarcimiento del daño moral por mobbing.
En el fallo los jueces de la Cámara Laboral indicaron que “resulta indispensable desentrañar si la enfermedad que porta el trabajador tiene raíz en la conflictiva laboral, es decir si existe en el caso una relación causal entre los hechos denunciados y la patología”.
En este punto, tuvieron en cuenta que la pericia psicológica mencionó a “la pérdida laboral y las dificultades económicas que ella trae como entidades que afectan el estado psíquico”. En este punto, dice el fallo, el propio chofer “reconoce haber renunciado a su trabajo y que va de suyo que la pérdida del puesto laboral genera de por sí una situación angustiante y estresante en los trabajadores por las derivaciones económicas que trae aparejado y la ausencia de seguridad que provoca en las estructuras familiares”.
El propio informe dice que la pérdida laboral y las graves dificultades económicas repercuten negativamente en el estado psíquico del actor.
De esta manera “asiste razón a la ART demandada en cuanto aduce que no puede perderse de vista que la denegación de una licencia sin goce de haberes constituye el ejercicio legítimo de una facultad del empleador”.
El chofer “renunció voluntariamente a su puesto de trabajo y ello le trajo una situación angustiante por su situación económica a partir de la falta de empleo”. En definitiva, no hay pruebas que “permitan inferir la relación causal existente entre el daño que porta el trabajador y las condiciones en que prestó sus tareas”, dice el fallo de primera instancia.
Además del incumplimiento de pautas establecidas para este tipo de presentaciones (extensión, uso indebido de mayúsculas, negritas y sombreado), el STJ rechazó la apelación por “insuficiencia del escrito en examen en orden a rebatir los argumentos de la denegatoria”. En efecto, “solo se limita a reiterar los agravios desarrollados en la oportunidad de interponer el recurso principal, pero solo logra patentizar su disconformidad con lo resuelto sin atacar en forma concreta, contundente y pormenorizada los motivos del rehusamiento de la instancia extraordinaria”.