La Cámara Civil de Bariloche confirmó la condena contra un conductor que ingresó a una avenida por la banquina desde una calle de tierra y ocasionó un grave accidente vial. La acción, que infringió la Ley Nacional de Tránsito, provocó daños severos en otro vehículo que circulaba por la vía principal. El fallo también responsabilizó a la aseguradora y fijó una indemnización en favor de las víctimas.
Los demandantes argumentaron que el responsable del siniestro ingresó a la Avenida de los Pioneros sin respetar las normas de prioridad de paso, ni verificar que la maniobra fuera segura. Según la denuncia, el accidente ocurrió en un tramo donde el tránsito es constante y la visibilidad es limitada. Esta situación incrementó las consecuencias del impacto.
La sentencia de primera instancia, ahora confirmada por la Cámara, se basó en la Ley Nacional de Tránsito 24.449, específicamente en su artículo 64. Esta norma establece que todo ingreso al tránsito desde una banquina o una calle secundaria debe realizarse sin entorpecer a los vehículos que ya circulan por la vía principal. El juez que intervino en el proceso concluyó que el demandado no respetó este principio y calificó su accionar como “imprudente”.
Según los testimonios y las pericias incorporadas al expediente, el conductor había salido desde una calle de tierra y transitado por la banquina antes de incorporarse a la ruta principal. El ingreso, realizado sin precaución y sin detenerse para evaluar el flujo vehicular, fue considerado la causa directa del accidente.
Argumentos de la defensa
En su defensa, el conductor sostuvo que las condiciones del lugar –una calle de tierra que desemboca en una ruta transitada– dificultaban las maniobras seguras y que el accidente se debió a un mal cálculo, y no a una acción deliberada. Sin embargo, estos argumentos fueron desestimados tanto en primera como en segunda instancia, ya que la normativa exige tomar las precauciones necesarias, independientemente de las características del terreno.
La Cámara reafirmó la sentencia inicial al considerar que las pruebas eran contundentes. Destacó que la conducta del demandado había contravenido las normas básicas de tránsito y que la incorporación desde la banquina representó un riesgo que pudo haberse evitado. Además, subrayó que el conductor no presentó evidencias que respaldaran que había tomado medidas para prevenir el accidente.
El fallo establece que tanto el conductor como su aseguradora deben indemnizar a la parte afectada por los daños materiales sufridos en su vehículo, que quedó completamente destruido.