Una imprecisión en el acta de matrimonio de su abuelo, que se repitió en la constancia de nacimiento de su madre, le impedía avanzar en el trámite de nacionalidad. Hace más de cien años, el hombre arribó a la Argentina en un barco desde España. Se casó en 1925 y en ese trámite las autoridades omitieron una información. Un fallo de Cipolletti ordenó la rectificación.
La mujer de Cipolletti solicitó la rectificación del acta de matrimonio de su abuelo y del acta de nacimiento de su mamá. Lo que se pretendía era corregir errores ya que se habían consignado incorrectamente el nombre y edad de su abuelo.
Ese hombre nació en 1897, en España, según la partida literal. Emigró a la Argentina en 1914 y contrajo matrimonio en 1925. Sin embargo, en el acta se registró erróneamente su nombre y su edad. La inexactitud se repitió al año siguiente, en el acta de nacimiento de su hija que es la madre de la persona que pretende obtener la ciudadanía española por la ley de Memoria Democrática.
Tanto la asesora legal del Registro Civil y Capacidad de las Personas de la provincia de Río Negro como el Ministerio Público Fiscal apoyaron la solicitud de la ciudadana, ante la existencia de “justos motivos” para la rectificación. Ese trámite deberá realizarse en una localidad de la provincia de Buenos Aires, sitio en donde se consignaron los errores.
Un fallo del fuero de Familia de Cipolletti ordenó corregir el nombre y la edad del abuelo en el acta de matrimonio de 1925, y en el acta de nacimiento de 1926. Con esta solución, la mujer podrá continuar con su trámite para la obtención de la ciudadanía española.