Una joven de Viedma, mayor de edad, solicitó en el fuero de Familia poder agregar a su DNI un segundo nombre, con el que todos la reconocen desde hace más de una década en la vida cotidiana. Judicialmente planteó el deseo de adicionar el nombre de su abuela paterna. La definió como “una mujer fuerte en sus convicciones y cariñosa” y destacó que junto a su abuela materna “acompañaron su crianza y formaron su personalidad”.
Desde muy pequeña expresó su deseo de llamarse como ella. Ya en la primaria, donde sufrió bullying, hizo público ese anhelo a sus padres y amigos.
Cuando inició la secundaria todos comenzaron a llamarla con el nombre de su abuela. En sus redes sociales se identifica de esa manera. Incluso en la campera de egresados utilizó el nombre deseado.
Todas estas situaciones quedaron probadas en el expediente. También los testigos dieron cuenta de esa situación.
La joven indicó que en la actualidad, cuando se encuentra con personas de su infancia que la llaman con el nombre que figura en su documento, siente que no la representa.
En las redes sociales también utiliza el nombre con el que se siente cómoda, se presenta ante nuevas amistades con esa identidad e incluso su novio la llama así.
De todas formas, manifestó que “respeta la decisión de sus padres” cuando le pusieron el nombre que lleva en el DNI, por lo que “su intención no es suprimirlo sino adicionarle” el nombre por el que todos la conocen.
El fallo
La sentencia de la jueza de Familia de Viedma recuerda que el artículo 69 del Código Civil y Comercial dispone que solo procede el cambio de nombre si existen “justos motivos”.
Aunque en términos generales el nombre debe ser estable, “a la luz de la perspectiva de los derechos humanos, esta rigidez se flexibiliza aún más cuando deben ponderarse los derechos afectados de la persona con los principios de orden y seguridad”.
Tuvo en cuenta que quedó acreditada “la identidad notoria con el nombre tanto en la captura de pantalla de sus redes sociales Facebook e Instagram, como en la foto personal con su campera de egresados del nivel secundario, con el nombre impreso”.
De esta manera, hizo lugar a la adición del segundo nombre en el DNI.