Confirman sentencia que fijó indemnización para el hijo de una mujer fallecida en un incidente vial


Un hombre será indemnizado en Cipolletti por el daño psicológico que le causó la muerte de su madre, quién era transportada en un vehículo en inmediaciones de la localidad neuquina de El Chocón. El conductor fue condenado en Cultral Co, aunque el hijo de la mujer fallecida inició las acciones legales en la Cuarta Circunscripción.

El primer fallo hizo lugar el reclamo y determinó un monto de indemnización por daño moral, que son las afecciones espirituales, y daño psicológico. La condena se extendió al titular registral del Chevrolet Spin y a la compañía de seguros. Pero la aseguradora apeló. En segunda instancia la sentencia fue confirmada. 

En el juicio, se estableció que existía una relación de “transporte benévolo” entre el conductor y la víctima, lo que significa que no había un contrato ni se exigía ninguna retribución por el transporte. Además, una tercera persona también viajaba en el vehículo.

El incidente tuvo lugar en la ruta nacional 237, kilómetro 1281, en dirección a Cipolletti. Las investigaciones determinaron que se debió a un error humano, cuando el conductor perdió el control del coche, derrapó y volcó en la banquina.

En junio de 2020, el conductor del Chevrolet fue condenado por homicidio culposo agravado por conducir un vehículo automotor, recibiendo una sentencia de dos años de prisión condicional y tres años de inhabilitación para conducir cualquier tipo de vehículo.

Durante el juicio civil, el demandado afirmó que se vio obligado a abandonar la ruta debido a una maniobra de sobrepaso realizada por otro vehículo en el carril contrario, pero no pudo proporcionar pruebas para apoyar su afirmación. Como resultado, se consideró que el conductor era responsable del accidente.