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Comenzaron la vinculación y pronto formaron una familia: en siete meses lograron la adopcion plena

Una pareja que vive desde hace mucho tiempo en Unión Convivencial decidió inscribirse en el Registro de Adoptantes. Este año, fueron convocados por el equipo interdisciplinario para iniciar la vinculación con un niño. El proceso se dio de manera natural. La relación se fortaleció y el chico manifestó su firme deseo de ser hijo de ambos también en los papeles.

La pareja expresó que ya son los progenitores del niño. Por ello, decidieron iniciar el proceso de adopción en el Poder Judicial. Su intención fue darle legalidad al proyecto de familia.

El fuero de Familia de Roca concedió a la pareja la adopción plena del niño. El chico llevará el apellido de la familia con la que se identifica y se respetará su realidad biológica. Además, mantendrá el vínculo con su hermana.

Los informes del Equipo Técnico Interdisciplinario y del Registro Nacional de Reincidencias confirmaron que los adoptantes reúnen condiciones personales y vinculares favorables. La vinculación afectiva con el niño se desarrolló de forma progresiva, con participación activa de ambas partes.

Se evidenciaron habilidades parentales, disponibilidad emocional y recursos materiales. También promovieron el desarrollo de los intereses del niño y reforzaron el vínculo con su hermana biológica.

La Defensora de Menores emitió un dictamen favorable al considerar que se cumplían los requisitos legales para la adopción plena.

El niño ya habia expresado el deseo de que en la escuela lo nombren con el nuevo apellido, pero desde la institución escolar solicitaron una resolución al respecto. Así, el tribunal hizo lugar al pedido de cambio de nombre. Se ordenó que el chico sea registrado con un nuevo apellido. De esta manera, se respetó su derecho al nombre y a la identidad, no solo en su dimensión legal, sino también en la emocional, social y cultural.

El fallo reconoció el interés superior del niño, su derecho a la identidad y a formar parte de una familia. Asimismo, valoró la pluralidad de estructuras familiares y el vínculo fraterno como componente esencial de su identidad.

El Poder Judicial de Río Negro tiene un sitio donde responde a los principales mitos sobre la adopción: ¿es necesario estar casado? ¿se puede adoptar si tengo hijos biológicos? ¿Cuál es la diferencia entre adoptar y ser familia solidaria? ¿Es cierto que todos los niños y niñas que están en “hogares” están esperando para ser adoptados? ¿El amor todo lo puede? ¿El proceso de adopción es muy largo? Se puede acceder en https://comunicacionjudicial.jusrionegro.gov.ar/adopcion/index.html