Una cocinera de un jardín de infantes de Sierra Grande se encontraba cargando bolsas de residuos. En ese momento se tropezó con una saliente de la vereda de hormigón, cayó al suelo y se lesionó la rodilla izquierda.
Ese episodio fue denunciado ante la ART, que reconoció la contingencia como accidente de trabajo y la derivó a un especialista. Luego le practicaron una Resonancia Magnética Nuclear que diagnosticó: “cambios anatómicos de ambos meniscos, a correlacionar con los antecedentes”. Posteriormente se le practicó una menisectomía.
El trámite continuó y la Comisión Médica afirmó que tenía “menisctomía sin secuelas”. Le fijó un porcentaje menor de incapacidad, pero como la trabajadora no estuvo de acuerdo con ese resultado inició la demanda.
Luego se celebró la audiencia de homologación de acuerdo pero el monto ofrecido por la demandada fue rechazado por la cocinera.
En el informe pericial médico las conclusiones fueron: “rodilla izquierda: se observan cicatrices normotróficas hipopigmentadas correspondientes a la herida en piel producto del golpe denunciado y a los portales artroscópicos de la cirugía”. Se afirmó en esa ocasión que la trabajadora tuvo “desgarro de menisco interno de rodilla izquierda”
Finalmente, con toda la documentación y prueba generada, la Cámara Laboral de Viedma condenó a Horizonte Compañía de Seguros Generales S.A. a abonar la indemnización por las secuelas del accidente.