Levantó una caja de 25 kilos de yogur mientras reponía el producto en una góndola de supermercado y sufrió una lesión en su espalda. La ART deberá indemnizarla.
Mientras desempeñaba sus tareas como repositora en el supermercado Carrefour de Bariloche, al levantar una caja de yogur de aproximadamente 25 kilos, la trabajadora sintió una fuerte punción y además un “tirón” en su espalda, dolor que se extendió a su pierna derecha.
La empresa empleadora la derivó para su atención médica, donde le realizaron estudios, indicaron reposo y sesiones de kinesiología. Sin embargo, no obtuvo la respuesta adecuada por parte de la ART ni de la comisión médica, ya que no reconocieron el incidente como un accidente laboral ni la incapacidad que sufre la trabajadora a partir del evento.
No obstante, al recibir el alta, volvió a su labor y la supervisora le informó que estaba despedida.
Por ello, presentó una demanda ante la Cámara Primera del Trabajo, que acogió la misma y condenó a “Galeno ART S.A.” a abonar las sumas derivadas de la liquidación que se realizará en el plazo de cinco días. El fallo indica que Galeno tiene la obligación de brindar las prestaciones necesarias.
Fundamentos del fallo:
Para acreditar la dolencia sufrida por la trabajadora y la existencia de incapacidad a raíz del incidente, el tribunal solicitó una pericia al Cuerpo de Investigación Forense. Esta abordó la patología sufrida y el porcentaje de incapacidad, destacando que la trabajadora padece “lumbociatalgia”, relacionada directamente con el accidente laboral. Se determinó un porcentaje de incapacidad parcial, permanente y definitiva del 14,5%. Tras analizar todos los elementos probatorios, incluidos los recibos de sueldo que confirmaban la relación laboral con la empresa, el tribunal concluyó que el daño debe ser indemnizado, ya que fue, al menos, agravado por un accidente de trabajo. Por lo tanto, Galeno ART S.A. deberá brindar todas las prestaciones necesarias para aliviar las dolencias y sus consecuencias.