El conductor de un Chevrolet Spin consiguió una indemnización por una colisión en cadena en la ruta 22. El hombre adujo que se detuvo para darle paso a un ciclista, aunque imprevistamente fue embestido por otra camioneta, que supuestamente había sido chocada por un colectivo.
El fallo es de primera instancia y no está firme porque puede ser apelado. El incidente ocurrió en la ruta nacional 22 a la altura de la ciudad de Neuquén pero como el hombre tiene domicilio en Río Negro impulsó la demanda en la Cuarta Circunscripción.
El conductor, que manejaba un Chevrolet Spin, sufrió daños en su vehículo tras ser embestido por una camioneta Iveco Daily. Este vehículo, a su vez, había sido impactado previamente por un colectivo de una empresa de transporte, aunque la participación de este último en el siniestro quedó en duda durante el juicio.
El fallo determinó que el conductor de la Iveco Daily es el responsable principal del accidente. El propietario del Chevrolet sostuvo que la colisión en cadena comenzó cuando el micro impactó la parte trasera de la Iveco Daily, que luego colisionó con su auto.
Según el relato del damnificado, él se encontraba detenido en la ruta, aguardando que un ciclista culminara su paso por una ciclovía, cuando sintió un impacto en la parte trasera de su vehículo. La investigación pericial determinó que las condiciones climáticas eran adecuadas y no influyeron en la ocurrencia del siniestro. La pericia accidentológica realizada por una experta confirmó los daños en la parte trasera del Chevrolet Spin, compatibles con un choque en cadena.
Durante el proceso judicial, la defensa del conductor de la Iveco Daily argumentó que la responsabilidad recaía sobre el conductor del colectivo, quien no tuvo el dominio efectivo del vehículo y causó el impacto inicial. Sin embargo, la empresa de transporte negó cualquier participación en el accidente, alegó que no existió contacto entre su micro y el Chevrolet. La aseguradora del conductor de la Iveco Daily también sostuvo la falta de responsabilidad de su asegurado, afirmando que el impacto fue causado exclusivamente por el colectivo.
La pericia fue impugnada por la aseguradora del conductor de la Iveco Daily, por considerar que el análisis realizado fue parcial, ya que no se inspeccionaron los vehículos involucrados ni se especificó el lugar exacto del accidente. A pesar de estas impugnaciones, la sentencia valoró el dictamen pericial como la prueba clave para determinar la mecánica del accidente.
Finalmente, el fallo resolvió que el conductor de la Iveco Daily y su aseguradora deben indemnizar al damnificado en concepto de daños materiales e intereses. El monto cubre los costos de reparación del vehículo, que incluyen faro trasero, tapa de baúl, panel de cola, paragolpes trasero central, alma de aluminio, soportes de paragolpes trasero, cubre auxilio, piso trasero y luneta. Además, se rechazaron los rubros de desvalorización del vehículo y privación de uso, así como la restitución de una suma abonada por el conductor para la reparación del cierre centralizado.