Introdujo su pie en el hueco del poste de la red de vóley: requirió una cirugía, la colocación de placa, clavos y tornillos

El adolescente que cursaba su primer año de secundaria en Cipolletti cuando sufrió un incidente en educación física recibirá una compensación por la incapacidad. El fallo de primera instancia consideró solo el daño moral, pero en la apelación se consideraron las conclusiones de una pericia médica e incrementaron el monto de la indemnización.


El estudiante introdujo su pie en el hueco del poste de la red de vóley y, a raíz de las lesiones, estuvo dos días internado y debió terminar el año desde su casa. En el juicio civil se probó que fallaron las medidas de seguridad, aunque luego esa sentencia fue apelada.

El tribunal que revisó las actuaciones consideró que hubo incapacidad sobreviniente.  Que el adolescente requirió de una importante cirugía y la colocación de placa, clavos y tornillos. Por ello el perito concluyó que la incapacidad es “definitiva” y que su salud y su integridad física no puede reponerse al estado que tenía antes del hecho.

Sobre la base de ese argumento, se hizo lugar al reclamo por daño físico o incapacidad sobreviniente y también se incrementó el monto de la indemnización por daño moral. La condena recayó sobre la provincia por resultar titular del establecimiento educativo y sobre la compañía de seguros.

Surgió del juicio que el adolescente se encontraba en el gimnasio del colegio, en horario de Educación Física. La profesora estaba muy cerca del joven cuando introdujo su pie en el hueco de la red de vóley, perdió el equilibrio y se cayó al suelo. En el hospital le diagnosticaron una fractura “tibioperonea”. Estuvo dos días internado y debió someterse a tratamientos de recuperación. 

Se probó durante el trámite de la causa que fallaron las medidas de seguridad del establecimiento al no haberle colocado las tapas de precaución al hueco del poste. Ese día no había portero en el edificio y la docente del área declaró que no recordaba cómo se encontraba ese desnivel.

El fallo consideró el daño moral padecido por el joven de 13 años. Sostuvo que el episodio se tradujo en padecimientos y afecciones de índole espiritual y en las angustias que conllevaron su recuperación. El adolescente tuvo que someterse a una cirugía y no pudo terminar el año en el colegio, salvo por una compañera que le llevó las tareas a su casa. Esa misma persona declaró que estaba angustiado y nervioso.