El naufragio de una embarcación en El Chocón se produjo por el empeoramiento de las condiciones hidrometeorológicas de viento y oleaje, se concluyó. En la lancha iban siete personas y tres de ellas murieron ahogadas. Durante la investigación se produjeron un sinnúmero de pericias y dos fallos civiles determinaron que no se pudieron probar las fallas o defectos en el motor.
En febrero de 2012, integrantes de una familia emprendieron un paseo por el lago artificial Ezequiel Ramos Mexía. Utilizaron una embarcación adquirida por una de las personas que había organizado el viaje pero alrededor de las seis de la tarde los vientos cambiaron bruscamente. Las intensas olas llenaron de agua la embarcación y no fue suficiente el funcionamiento de la bomba de achique, para extraer el líquido.
En ese momento, la familia se encontraba en la zona de Los Gigantes. La nave comenzó a hundirse y las personas saltaron con chalecos salvavidas. El grupo llegó a la costa pero por las características geográficas, paredes de piedra escarpada, resultó muy difícil salir del agua. En ese contexto tres personas murieron ahogadas.
Algunos de los integrantes de la familia demandaron al productor, al fabricante, al importador, al distribuidor, al proveedor y al vendedor del navío. Adujeron que el motor se detuvo en dos oportunidades y que quedaron varados en esa zona producto de la falla.
El hecho desencadenó innumerables procesos judiciales, administrativos y un sinfín de pericias. La embarcación apareció hundida recién un año después. Y primero hubo una investigación en el fuero penal de la Justicia Federal, luego un sumario administrativo por parte Prefectura Naval Argentina. Producto de ese proceso, el timonel fue responsabilizado en el ámbito náutico contravencional conforme resolución conclusiva del sumario instruido por la Autoridad Marítima Argentina. Le atribuyeron haber arribado a la zona de Los Gigantes sin avisar sobre el cambio de travesía. Se advirtió que en ese punto de la navegación no se cuenta con señal telefónica ni radiofónica. A pesar de que los náufragos ya con chalecos salvavidas colocados y ayudándose entre ellos lograron llegar hasta la costa más cercana finalmente tres de ellos no pudieron acceder por las características de los paredones o piedra encarpada.
Tanto el fallo de primera instancia como el de apelación, rechazaron la demanda contra las empresas que intervinieron en la cadena de comercialización de la lancha. La pericia realizada al motor arrojó que “no resulta posible determinar, acorde al estado actual de los componentes inspeccionados, cual o cuales fueron las causales que originaron una posible falla mecánica y/o mal funcionamiento, ya que según los componentes inspeccionados no presentan anomalías visibles, más que el óxido natural por la permanencia prolongada bajo el agua”. Los peritos tampoco pudieron lograr establecer ningún tipo de conexión, ni lectura de datos con la caja negra.
Durante el juicio, declararon además de los sobrevivientes, un empleado de Prefectura Naval Argentina y el encargado de la guardería náutica de Villa El Chocón. Ambos salieron al rescate cuando se advirtió que la embarcación no había regresado. Esas personas confirmaron que el viento era muy fuerte, que la visibilidad era nula y que el oleaje era insostenible, al punto que casi les da vuelta la embarcación. En función de las pruebas y de las diversas reconstrucciones posibles la sentencia le atribuyó el desenlace a la preponderancia causal de las condiciones hidrometeorológicas.