Un hombre pidió un préstamo de 50 mil a devolver en cuotas. Cuando llegó el momento de pagar, vendió su departamento y generó una situación de insolvencia. El prestamista inició un juicio en Cipolletti, logró probar la maniobra y un fallo civil anuló la operación de compraventa. De esta manera, el inmueble servirá como garantía de la deuda.
En un primer momento, el prestamista y el deudor transitaron un proceso ejecutivo. El hombre que prestó los 50 mil dólares tuvo una primera sentencia a su favor, aunque no pudo cobrar porque la otra parte no tenía dinero ni propiedades.
El día que pretendió hacer el embargo, descubrió que el departamento colocado en garantía del crédito había salido del patrimonio del deudor. A poco de indagar advirtió que estaba a nombre de su madre.
Entonces inició un segundo proceso judicial para conseguir la nulidad de esa venta por tratarse de un “acto simulado”.
El Código Civil y Comercial de la Nación distingue la simulación lícita de la simulación ilícita, esta segunda se utiliza para perjudicar o engañar a terceros.
Las pericias que se hicieron durante el proceso demostraron que hubo una “apariencia negocial de compraventa”, que se ocultó la intención real con el objetivo de extraer el bien del patrimonio del deudor para evitar que sea alcanzado por su acreedor.
Sobre la base de esas pruebas se hizo lugar a la demanda y se declaró nulo por simulación el acto de compraventa y la escritura traslativa de dominio.
Hubo una apelación pero el tribunal terminó confirmando el fallo de primera instancia. Con esta resolución, el acreedor tendrá la posibilidad de cobrarse la deuda inicial de 50 mil dólares.