Cada vez que el portón del garaje se abría para que entrara o saliera un vehículo, una perra de raza pitbull podía alcanzar la vereda. Esa situación generó temor en una mujer de Cipolletti, que recurrió al juzgado de Paz después de varios intentos de resolver el problema de manera directa. El conflicto terminó con un acuerdo concreto: antes de abrir el portón, la familia responsable del animal deberá dejarlo dentro de la vivienda.
La mujer que inició la presentación explicó que vivía junto a cuatro niños y adolescentes y que, en distintas oportunidades, la perra salió hacia la calle sin correa ni bozal. Según relató, esa situación le provocó angustia e intranquilidad por la cercanía del animal con su familia.
En el expediente también describió un episodio que involucró a una de sus hijas pequeñas. Afirmó que la perra se abalanzó sobre la niña y la tiró de su sillita. Además, señaló que el animal corrió en otras ocasiones detrás de gatos que se dirigían hacia su casa.
El problema, de acuerdo con la presentación, aparecía especialmente en un momento cotidiano: la apertura del garaje. Cuando alguna persona de la vivienda vecina abría el portón para ingresar o retirar un vehículo, la perra tenía acceso a la calle.
La vecina sostuvo que intentó conversar con las personas responsables del animal para encontrar una solución. Según manifestó, esos intercambios no permitieron alcanzar un acuerdo ni modificaron la situación, por lo que solicitó la intervención del juzgado de Paz de Cipolletti.
Las partes concurrieron a una audiencia de conciliación. Allí expusieron sus posiciones y alcanzaron un entendimiento sobre la forma de evitar nuevas situaciones similares.
La propuesta quedó centrada en una medida puntual. Las personas responsables de la perra se comprometieron a ingresarla a la vivienda antes de abrir el portón del garaje. De esa forma, el animal no tendrá acceso a la calle ni a la vereda durante la entrada o salida de los vehículos.
La vecina aceptó esa propuesta. Un día después de la audiencia, el juzgado de Paz examinó el acuerdo y lo homologó con fuerza de sentencia.
La resolución citó las normas del Código Civil y Comercial y del Código Procesal Civil y Comercial que permiten homologar acuerdos cuando reúnen los requisitos legales. El fallo indicó que los términos alcanzados representaron una composición de los derechos e intereses planteados por las partes.
El acuerdo también previó qué alternativa podrán utilizar si la medida pactada no se cumple. Ante ese supuesto, las personas involucradas deberán buscar asesoramiento de un profesional de la matrícula para analizar otra vía de solución al conflicto.