Un viaje de egresados suspendido derivó en un reclamo de consumo que terminó con un acuerdo convalidado por el juzgado de Paz de Cipolletti. La resolución se dictó en un expediente de menor cuantía vinculado con derechos de consumidores y usuarios.
La presentación judicial se apoyó en un contrato de consumo, de adhesión, firmado con una empresa de turismo estudiantil. Según el reclamo, se abonaron 650 dólares en tres pagos para acceder al servicio.
El viaje no se concretó por el contexto sanitario de la pandemia. Después de la cancelación, se reclamó la restitución de lo abonado. En la demanda se indicó que la empresa se negó de manera reiterada a realizar esa devolución. También se detalló que existieron intimaciones previas y un reclamo ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor, sin resultado favorable.
Uno de los puntos centrales del conflicto fue la moneda de devolución. La empresa, al contestar la demanda, negó los hechos en los términos expuestos por la otra parte, aunque reconoció que no restituyó las sumas reclamadas. Su postura fue que no existió acuerdo sobre la moneda en la que debía concretarse el reintegro.
La discusión no se limitó a la existencia del pago previo ni a la cancelación del viaje. También giró en torno a si la restitución debía realizarse en dólares o en pesos, y bajo qué referencia de cotización debía calcularse. En ese marco, la empresa manifestó su allanamiento a lo solicitado y presentó una liquidación.
El juzgado fijó una audiencia de conciliación para el 25 de junio de 2026. Según el acta, luego de un intercambio de opiniones, la parte reclamante y la firma Patagonia Pro S.A. llegaron a un acuerdo. La empresa realizó un ofrecimiento por todo concepto, “sin por ello reconocer hechos o derechos”, y la parte reclamante aceptó la propuesta.
Después de esa audiencia, las partes solicitaron la convalidación judicial del acuerdo. La jueza de Paz analizó los términos del convenio y sostuvo que se alcanzó “una justa composición de los derechos e intereses de las partes”. También indicó que se reunieron los requisitos legales previstos por el Código Civil y Comercial y el Código Procesal Civil y Comercial para otorgar validez al acuerdo.
Con esos fundamentos, el juzgado resolvió convalidar con fuerza de sentencia el convenio. La empresa asumió el compromiso de pagar 1.484.243,84 pesos con fecha tope el 7 de julio de 2026.
El servicio de los juzgados de Paz
Los juzgados de Paz cumplen un rol de cercanía en ciudades, pueblos y parajes de Río Negro. Durante 2025, los 49 organismos de la provincia realizaron 69.077 gestiones, según un informe elaborado por el Centro de Planificación Estratégica del Superior Tribunal de Justicia.
De ese total, 14.297 correspondieron a expedientes jurisdiccionales. Allí se incluyeron procesos sobre violencia, exhortos, contravenciones, beneficios de litigar sin gastos y juicios de menor cuantía, como el reclamo de consumo tramitado en Cipolletti.
La mayor parte de la actividad fue no jurisdiccional, con 54.780 gestiones. Entre ellas se registraron consultas ciudadanas, certificaciones de firmas y copias, actas, declaraciones juradas, informaciones sumarias, actuaciones electorales y tareas de extensión en la comunidad. Estos organismos funcionan como una puerta de acceso al Poder Judicial, especialmente en lugares alejados de los principales centros urbanos.