El fuero de Familia de Cipolletti autorizó a dos niños a salir del país con su madre hasta que alcancen la mayoría de edad. La decisión se dictó después de un planteo en el que la mujer relató una traba previa para obtener un permiso de viaje: según expuso, el padre pidió que le pagaran el traslado en Uber hasta el registro y, tras firmar la autorización, un café.
El episodio se mencionó en la presentación judicial como antecedente del conflicto familiar por las autorizaciones de salida del país. La madre indicó que uno de sus hijos debía viajar a Chile para participar de una actividad vinculada al fútbol. El otro niño también acompañaría el traslado junto a ella, por lo que el permiso debía alcanzar a ambos.
De acuerdo con el relato incorporado al expediente, el progenitor no otorgó la autorización de manera inmediata. La mujer sostuvo que el padre se negó hasta último momento y condicionó la firma al pago del traslado en Uber hasta el registro y a un café posterior. Ese antecedente motivó el pedido de una autorización judicial más amplia, para evitar nuevas gestiones ante cada viaje.
La madre solicitó autorización para que sus hijos pudieran salir del país en su compañía hasta la mayoría de edad. Aclaró que el pedido no implicaba una radicación en el exterior. En forma subsidiaria, pidió permiso para un viaje familiar durante julio, con destino a Brasil y Paraguay, en el marco de un recorrido organizado por el grupo familiar.
En la demanda, la mujer señaló que los niños quedaron bajo su cuidado exclusivo tras la separación de la pareja. También afirmó que el progenitor no mantuvo vínculo con ellos desde hacía varios años. El expediente mencionó otras causas vinculadas al grupo familiar, entre ellas una homologación de convenio, una ejecución de alimentos y una denuncia previa por violencia familiar.
El padre fue notificado del trámite, pero no contestó la demanda. Luego, el fuero de Familia de Cipolletti fijó una audiencia. En esa instancia, el hombre expresó temor ante la posibilidad de que sus hijos fueran llevados a vivir a otro país.
La jueza le explicó que una autorización de viaje no equivale a un permiso para modificar la residencia de los niños. Tras esa aclaración, el progenitor prestó conformidad para que pudieran salir del país junto a su madre hasta la mayoría de edad, con la condición de que se le informara el destino y los días de permanencia, o que esos datos quedaran asentados en el expediente.
La Defensoría de Menores intervino en representación complementaria de los niños y emitió dictamen favorable. La resolución citó el artículo 645 del Código Civil y Comercial, que exige la conformidad expresa de ambos progenitores para la salida del país de hijos menores de edad. La norma también permite que la autoridad judicial supla ese consentimiento ante una negativa injustificada, con atención al interés familiar.
La sentencia mencionó la Convención sobre los Derechos del Niño y normas nacionales y provinciales de protección integral. También citó el derecho de niñas, niños y adolescentes al descanso, al esparcimiento, al juego, a las actividades recreativas y a la participación en la vida cultural.
Con esos fundamentos, autorizó a los dos niños a salir del país en compañía de su madre hasta la mayoría de edad. La resolución dejó constancia expresa de que el permiso no habilita una radicación definitiva en el extranjero.