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Manejó un taxi durante 12 años sin registrar y fue despedido: la esposa del titular deberá indemnizarlo

Un hombre trabajó como taxista durante 12 años. Sus jornadas se extendían de domingo a domingo, desde las 6 hasta las 22 horas, sin interrupciones ni registración formal. Prestó servicios para el dueño de la licencia del vehículo hasta que este falleció. En los últimos años, la relación laboral continuó con la esposa del fallecido, quien estaba a cargo de la base de taxis.

Finalmente, la mujer lo despidió verbalmente. Ante esta situación, el chofer envió varias intimaciones solicitando una aclaración sobre su situación laboral. Ante la falta de respuesta, se consideró despedido.

La mujer negó la existencia de una relación laboral y sostuvo que el vínculo correspondía exclusivamente a su esposo fallecido. Rechazó toda responsabilidad en el reclamo. Por su parte, los hijos del titular de la licencia también negaron cualquier vínculo laboral con el chofer.

La Cámara Segunda del Trabajo de Roca hizo lugar a la demanda presentada por el trabajador y condenó a la mujer al pago de indemnizaciones por despido sin causa. También se reconoció su antigüedad y se ordenó realizar la liquidación, con intereses y actualización según la doctrina legal vigente.

Durante el proceso se incorporaron pruebas testimoniales y documentales, entre ellas constancias de la sucesión, informes de la AFIP, de la Municipalidad de Villa Regina y de la base de taxis. Estas pruebas permitieron establecer la existencia de un vínculo laboral con la mujer, aunque no con los herederos.

El tribunal dio por acreditado que el chofer era empleado de la mujer. Las pruebas revelaron que ella administraba la base de taxis, cobraba las recaudaciones, pagaba los salarios y organizaba la operatoria, incluso después del fallecimiento de su esposo.

Se concluyó que la mujer fue la verdadera empleadora, actuando de manera exclusiva y autónoma. El tribunal también valoró que la relación se mantuvo totalmente informal, sin registración en la AFIP ni entrega de documentación laboral.

Además, se hizo lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva presentada por los hijos, al comprobarse que no fueron empleadores ni continuaron con la explotación del servicio de taxis.

El tribunal consideró válido el despido indirecto asumido por el trabajador. Se comprobó que el chofer intimó en reiteradas ocasiones a la mujer para que le restituyera tareas, abonara los salarios adeudados y entregara la documentación correspondiente.

La empleadora incumplió esas obligaciones y adoptó conductas que constituyeron una injuria grave conforme a la Ley de Contrato de Trabajo. Entre los incumplimientos más relevantes figuran: la negativa a asignarle tareas, la falta de pago de haberes mínimos y la clandestinidad del vínculo laboral, sin aportes ni registración.