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Mujer policía fue asaltada mientras patrullaba en el barrio Santa Clara: deberán indemnizarla

Una mujer policía patrullaba la zona cercana al Chango Más, en Viedma. Era diciembre y empezaba a anochecer cuando fue abordada por dos personas que, bajo amenaza con un arma de fuego, intentaron sustraerle el arma reglamentaria y sus pertenencias.
Ante su negativa, la atacaron físicamente: la golpearon, forcejearon, la arrojaron al piso y la arrastraron varios metros hasta lograr quitarle el arma y huir del lugar.
Como consecuencia del ataque, la agente sufrió lesiones físicas en una mano, un codo y una rodilla, que requirieron atención médica. Además, el episodio desencadenó un fuerte impacto psíquico que, según se acreditó en el proceso, alteró su estado emocional y afectó de manera persistente su desempeño laboral, su vida familiar y su vinculación social.
La ART brindó asistencia médica, tratamiento psicológico y psiquiátrico, además de licencias laborales. Sin embargo, tiempo después otorgó el alta médica. Posteriormente intervino la Comisión Médica N.º 18 de Viedma, que en agosto de 2023 reconoció que existía incapacidad derivada del accidente laboral, aunque la fijó en un 6%. La trabajadora manifestó su desacuerdo con ese dictamen y promovió la demanda judicial para que se revisara el grado de incapacidad.
En su defensa, la aseguradora solicitó el rechazo de la demanda. Sostuvo que había cumplido con todas las obligaciones previstas en la Ley de Riesgos del Trabajo, que otorgó las prestaciones correspondientes y que el porcentaje de incapacidad ya había sido determinado en sede administrativa. También cuestionó la liquidación reclamada y pidió que se aplicaran de manera estricta el baremo y el listado de enfermedades profesionales.
Durante el juicio se produjo una pericia médica que concluyó que la mujer presenta un trastorno por estrés postraumático de carácter crónico, directamente vinculado al asalto sufrido en ejercicio de sus funciones. El informe detalló síntomas como reexperimentación del trauma, hipervigilancia, trastornos del sueño, ansiedad y un deterioro funcional que la vuelve incompatible con tareas policiales operativas, especialmente aquellas que implican situaciones de riesgo o portación de armas.
Al resolver, los jueces de la Cámara Laboral de Viedma señalaron que “no se encuentra controvertida la existencia del siniestro, ni la responsabilidad de la demandada en los términos de la Ley 24.557”. Remarcaron que el hecho ocurrió en un contexto propio del riesgo laboral. También destacaron que la pericia médica se ajustó a las exigencias legales y le otorgaron plena eficacia probatoria.
En ese sentido, el tribunal sostuvo que correspondía “aceptar y compartir la valoración efectuada por la perita actuante”, y tener por acreditada una incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva del 28%, directamente relacionada con el episodio violento. Añadieron que el daño psíquico acreditado afecta de manera significativa la capacidad laboral de la trabajadora y no puede ser minimizado por el solo dictamen administrativo previo.
Finalmente, la Cámara condenó a la aseguradora a abonar una indemnización de cuatro millones de pesos.