Una adolescente podrá cumplir su sueño de compartir el viaje de egresados, tras una autorización judicial para salir del país. El fallo tuvo en cuenta que la progenitora biológica no tiene contacto con la joven y que no tiene filiación paterna conocida.
La joven promovió la acción con el patrocinio de una abogada del niño y solicitó autorización judicial para viajar con sus compañeros de quinto año a Brasil, en el marco de un viaje organizado por una empresa de turismo estudiantil. El itinerario prevé la salida desde Viedma en estos días y el regreso a fin de mes, con traslados terrestres y aéreos, coordinadores responsables y alojamiento previamente contratado.
Durante el trámite se acreditó que la adolescente no mantiene vínculo alguno con su familia biológica y que se encuentra bajo guarda judicial desde la primera infancia. Ante la imposibilidad de localizar a la progenitora y la cercanía de la fecha de salida, el juzgado ordenó la publicación de edictos y dio intervención a la Defensora de Menores e Incapaces.
En una audiencia personal, la adolescente ratificó su voluntad de realizar el viaje y explicó las características de la propuesta. Además, un informe del equipo técnico interdisciplinario concluyó que cuenta con madurez emocional, recursos personales y autonomía progresiva suficientes para comprender el alcance de la decisión, destacando que el viaje se encuentra debidamente organizado y resulta acorde a su etapa evolutiva.
La jueza valoró especialmente el principio de autonomía progresiva previsto en el Código Civil y Comercial y la normativa de protección integral de derechos de niños, niñas y adolescentes, y consideró que la solicitud fue formulada de manera fundada, con información precisa sobre destino, duración y finalidad del viaje.
En ese marco, resolvió hacer lugar al pedido y otorgar la autorización para que la adolescente viaje al exterior en las fechas previstas, acompañada por los coordinadores de la empresa.