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Disponen la atribución del hogar: un hombre no podrá vender la casa donde vivió con su expareja y sus hijas

Una pareja convivió durante doce años y de esa relación nacieron sus dos hijas. El hombre ejerció violencia, y la convivencia se volvió insostenible. La mujer permanecía en el hogar, dedicada al cuidado de las hijas.

Mediante coacción y con la excusa de visitar a las niñas, el hombre se instaló nuevamente en la casa. Ante esa situación, la mujer se vio obligada a abandonarla. Al no contar con un lugar donde vivir, solicitó la exclusión del hombre y logró regresar a la vivienda.

La casa está registrada a nombre del padre de las niñas. Por temor a que el hombre la vendiera y las privara del único techo disponible, la mujer acudió al Poder Judicial. Solicitó la atribución del uso de la vivienda, que había sido sede del hogar familiar.

El fuero de Familia de Villa Regina hizo lugar a la demanda y resolvió que el hombre no podrá disponer del inmueble hasta que la hija menor cumpla la mayoría de edad. En la misma sentencia, se rechazó el pedido del señor de fijar un canon locativo a su favor por el uso exclusivo de la vivienda.

En su presentación, la mujer sostuvo que, aunque la casa figura registralmente a nombre del hombre, fue adquirida durante la convivencia con aportes de ambas partes. También expresó temor de que el padre de sus hijas pudiera vender el inmueble, lo que motivó el pedido de una medida cautelar de no innovar.

La jueza consideró que “de todo el relevo del caso surge claramente en este grupo familiar una dinámica machista, con una estructura patriarcal y roles estereotipados, lo que se reafirma con cuestiones como la titularidad de los bienes adquiridos durante la relación convivencial”.

La sentencia evidencia las dificultades de la mujer para afrontar el alquiler de una vivienda adecuada y garantizar un hogar para sus hijas. Además, la madre reacondicionó los espacios necesarios.

La jueza también advirtió un desequilibrio entre las partes, originado en patrones socioculturales y violencia de género, que colocaron a la mujer en una situación constante de vulnerabilidad. “No puedo dejar de señalar que desde el inicio de la relación se advierten marcados roles asumidos: ‘hombre proveedor’ y ‘mujer que cuida’. Incluso cuando la actora comenzó a trabajar, el hombre era quien controlaba toda la situación. Todo ello estuvo atravesado por situaciones de violencia familiar, lo que deja a la solicitante y a sus hijas en una clara relación desigual”.

Por estas razones, la jueza otorgó a la mujer el uso exclusivo de la vivienda hasta que su hija menor alcance la mayoría de edad. Ella deberá hacerse cargo de los impuestos, tasas y servicios del inmueble, así como de los gastos de mantenimiento, pero no podrá realizar modificaciones estructurales sin autorización del titular registral.