El Tribunal de Juicio dio a conocer hoy el veredicto de culpabilidad hacia Esther Padilla por el delito de “homicidio culposo de tres víctimas y lesiones leves culposas de una víctima, agravados por haber sido producto de la conducción antirregulamentaria, por haberse dado a la fuga, por no respetar las señales de tránsito, por el número de víctimas fatales y por encontrarse con un nivel de alcoholemia superior a un gramo por litro de sangre y por culpa temeraria”. Ahora resta el juicio de cesura para determinar el monto de la pena que le corresponde a la acusada.
La decisión se tomó de manera unánime. El debate oral y público se llevó a cabo entre el 10 y 12 de diciembre. El Tribunal estuvo integrado por los jueces Guillermo Bustamante, Carlos Reussi y Marcelo Álvarez. La acusación fiscal fue llevada adelante por Yanina Estela Passarelli. La querella estuvo representada por Damián Torres.
El Tribunal expuso de manera sintética los fundamentos del veredicto de culpabilidad. La sentencia completa se dará a conocer una vez que culmine el proceso, con la imposición de la pena.
“Este Tribunal ha llegado a la conclusión de que los acusadores han logrado corroborar los hechos que sustentan su teoría del caso más allá de toda duda razonable”, explicaron los jueces.
“Se ha comprobado que Esther Liliana Padilla Ibañez el 17 de marzo de 2024, momentos antes de las 22.30 horas, en oportunidad en que circulaba por Ruta Nacional 250 en dirección Viedma General Conesa, condujo la camioneta Toyota Hilux sin el debido cuidado, sin conservar el dominio efectivo del vehículo con un nivel de alcoholemia en ese momento de entre 1,06 y 1,27 gramos por litro de alcohol en sangre”, agregaron.
Además, se probó que utilizó su celular para comunicarse con distintas personas enviando al menos cinco vídeos a través de whatsapp mientras conducía. También que invadió el carril contrario en una curva “produciéndose un despiste sobre la banquina izquierda contraria al sentido de circulación, luego de lo cual y al querer retomar nuevamente su carril, colisionó en el lateral derecho del vehículo Renault Duster que circulaba en sentido contrario”.
Producto de la colisión, murieron tres personas que iban en la Duster. “Momentos después de la colisión, Padilla se fugó del lugar sin intentar socorrer a las víctimas”, concluyó el Tribunal.
Los jueces tuvieron en cuenta las pruebas científicas y “la contundencia de distintos testimonios, entre ellos el de Fabián Armando Andrade, la única víctima que sobrevivió al evento de tránsito”.
También de las personas que llegaron al lugar y “describieron con precisión y crudeza la terrible escena”.
En cuanto a la prueba científica, para los magistrados “resultó de suma relevancia lo manifestado por la perito en torno a la pericia de alcoholemia y al testimonio de la psiquiatra forense, quien se explayó ampliamente respecto de la psiquis de la acusada”.
La Oficina Judicial fijará ahora la audiencia de cesura con el fin de determinar la pena a imponer. Las partes deberán ofrecer pruebas dentro de los cinco días hábiles.
Finalmente, ante el pedido de la Fiscalía, el Tribunal hizo lugar a la prórroga de la prisión preventiva en las mismas condiciones que hasta el momento, teniendo en cuenta el peligro de fuga.