Sanantoniense quería cumplir su sueño de ver a Messi y quedó con su valija varado en Roca

Un hombre de San Antonio quería cumplir su sueño de ver a Messi jugando con la selección campeona del mundo. La ocasión era ideal: el clásico rioplatense contra Uruguay por Eliminatorias, a finales del año pasado.
Como el partido se jugaba en el Monumental, se comunicó con la filial de River en General Roca que ofrecía un paquete. Realizó los pagos requeridos, mediante transferencias a Mercado Pago.
El día antes del viaje preparó su valija con la todo lo necesario para ir a la cancha. Había seguido el mundial por televisión y estaba ilusionado con ver a los jugadores en vivo.
Llegó hasta la ciudad de General Roca, desde donde estaba previsto salir hasta la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en ómnibus. Sin embargo, al llegar al Alto Valle se enteró de la suspensión del viaje. Ningún representante de la filial de River asumió la responsabilidad por el problema.
Contactó en repetidas ocasiones a los responsables del viaje para reclamar la devolución del dinero y una compensación por los gastos adicionales que tuvo.
Inicialmente acudió al Departamento de Defensa del Consumidor de la Municipalidad de San Antonio Oeste y luego presentó una demanda de menor cuantía en el Juzgado de Paz de la localidad.
La jueza analizó la prueba documental para acreditar la compra. Tuvo en cuenta los comprobantes de las transferencias realizadas a través de Mercado Pago. Los demandados eran dos. Uno de ellos reconoció haber recibido el dinero, pero argumentó que solo lo transfirió a otra persona, a quien señaló como el organizador.
La jueza de Paz, sin embargo, concluyó que ambos eran responsables. Afirmó que se trató de una relación de consumo, ya que se contrató un servicio que fue incumplido.
En primer término, dispuso la devolución del dinero transferido, más los intereses respectivos. Además, estableció un monto de 200 mil pesos más por daño punitivo. Este concepto fue definido como “las sumas de dinero que los tribunales mandan a pagar a la víctima de hechos ilícitos, que se suman a las indemnizaciones por daños realmente experimentados por el damnificado, que están destinados a punir graves inconductas del demandado y a prevenir hechos similares en el futuro”.