El 25 de noviembre de 1960 el Superior Tribunal de Justicia de Río Negro -que ya estaba conformado y funcionando desde el año anterior- asumió su plena jurisdicción como “organismo supremo de la Justicia de la Provincia”.
Al mismo tiempo los Juzgados Letrados de Primera Instancia ubicados en Viedma y Bariloche comenzaron a ejercer las funciones jurisdiccionales que les asignaba la Constitución Provincial. Meses después lo hicieron los Juzgados de Primera Instancia de Roca.
Esas funciones jurisdiccionales asumidas fueron tramitar, investigar y resolver los litigios de los rionegrinos y rionegrinas, dictando sentencias, tal como lo ordenaba el artículo 135 de la primera Constitución Provincial, sancionada en diciembre de 1957. Hasta entonces, las decisiones jurisdiccionales estaban a cargo de Juzgados Federales, que dependían de una Cámara Federal en Bahía Blanca.